martes, 31 de enero de 2012

Ventanilla Única Electrónica - Declaración Anticipada para las Importaciones

“VENTANILLA ÚNICA ELECTRÓNICA”: LA AFIP REGLAMENTÓ LA DECLARACIÓN ANTICIPADA PARA LAS IMPORTACIONES

    El mecanismo fue instrumentado por medio de la Resolución General 3.255, que será publicada en los próximos días en el Boletín Oficial
    La “ventanilla única electrónica” que permitirá generar un proceso de integración de la gestión de los organismos gubernamentales que participan de las operaciones de comercio exterior
    El sistema va en línea con los estándares de calidad y modernidad recomendados por la Organización Mundial de Aduanas en el año 2005
    La Resolución General (AFIP) Nº 2.090 del año 2006, que incorporó a nuestro marco normativo la Disposición 50/04 del MERCOSUR, ya contemplaba la posibilidad de requerir la información de manera anticipada

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el Régimen de Declaración Anticipada para las Importaciones, mecanismo que establece una “ventanilla única electrónica” y que permitirá dar mayor previsibilidad a las operaciones de comercio exterior. “Es el marco normativo para asegurar y facilitar el comercio global”, sintetizó el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, y agregó: “Esta sistema permitirá ahorrar dinero a los operadores”.

“Durante mucho tiempo los sectores vinculados al comercio exterior planteaban la necesidad de integrar las operaciones en una Ventanilla Única Electrónica”, recordó el funcionario y aseguró que el nuevo mecanismo está en línea con los estándares de calidad, modernidad y transparencia recomendados por la Organización Mundial de Aduanas, en junio del año 2005.

El administrador federal explicó que la medida –que será publicada en los próximos días en el Boletín Oficial, por medio de la RG 3255- forma parte de las recomendaciones de la OMA.

Asimismo, la Resolución General (AFIP) Nº 2.090 del año 2006, que incorporó a nuestro marco normativo la Disposición 50/04 del MERCOSUR, ya contemplaba la posibilidad de requerir la información de manera anticipada. En efecto, la Disposición 50 del año 2004 del MERCOSUR establecía, en su artículo 3, punto 2, que: “Toda mercadería introducida al territorio aduanero del MERCOSUR, deberá ser presentada a la autoridad aduanera por medio de la declaración de llegada inmediatamente a su arribo”. Asimismo, después agrega: “No obstante, la presentación de la declaración de llegada o las informaciones que constituyan dicha declaración podrán ser exigidas con carácter previo a la introducción de la mercadería al territorio aduanero del MERCOSUR”.

“La información anticipada sirve para programar y proyectar lo que es la gestión de riesgo en el control; además permite administrar el comercio y sobre todo para asegurarle a quien pretende importar que una mercadería cuáles son los requerimientos que va a tener en Argentina a la hora de despachar”, informó el administrador federal.

Echegaray resumió que el país van en camino a tener un “Gobierno con cero papeles” y agregó que desde la AFIP se está trabajando fuerte para alcanzar cada vez más informatización y modernización de sus mecanismos del mismo modo que lo hacen en Estados Unidos y en la Unión Europea.

Finalmente, el funcionario se preocupó en aclarar el tema de los plazos: “Tal como indica la norma, se establecieron plazos razonables: 72 horas en líneas generales y 10 días corridos para casos particulares de organismos que tiene que practicar determinado tipo de observaciones.

Micrositio para “preguntas frecuentes”

En la página web del organismo www.afip.gov.ar los importadores podrán encontrar información útil para ejercer sus operaciones de comercio exterior. La idea del servidor es transparentar y optimizar las relaciones entre los contribuyentes y los inspectores aduaneros.

Fuente: www.afip.gov.ar

Novedades en Sistemas y Aplicativos

Aplicativo:

- Solicitud Exclusión Ret. Imp. Gcias. Versión 1.0 Release 2

Novedades Legislativas 31/01/2012

Nacionales

Com. BCRA "A" 5274
Circ. CAMEX 1-691. Mercado único y libre de cambios. Normas en materia de pagos de importaciones de bienes....

Dto. 100/12
Impuesto al valor agregado. Alícuotas. Modificación de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) y Arancel Externo Común (AEC). Dto. 509/07. Su modificación....

Res. Gral. AFIP 3257/12
Procedimiento previsional. Sistema Unico de la Seguridad Social (S.U.S.S.). Leyes 17.250 y 22.161. Aplicación de sanciones. Ley 26.063. Principio de la realidad económica. Presunciones. Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT). Incorporación de actividades. Res. Gral. A.F.I.P. 2.927/10. Su modificación....

Res. Gral. AFIP 3258/12
Procedimiento previsional. Sistema Unico de la Seguridad Social (S.U.S.S.). Leyes 17.250 y 22.161. Aplicación de sanciones. Ley 26.063. Principio de la realidad económica. Presunciones. Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT). Incorporación de actividades. Res. Gral. A.F.I.P. 2.927/10. Su modificación....

Res. Gral. AFIP 3259/12
Procedimiento previsional. Sistema Unico de la Seguridad Social (S.U.S.S.). Leyes 17.250 y 22.161. Aplicación de sanciones. Ley 26.063. Principio de la realidad económica. Presunciones. Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT). Incorporación de actividades. Res. Gral. A.F.I.P. 2.927/10. Su modificación....

Res. Gral. CNV 600/12
Normas de la Comisión Nacional de Valores. Cap. XXXI. Estados financieros de transportistas y distribuidoras de gas y sus controlantes. Diferimiento en la aplicación de las NIIF....

Res. Gral. IGJ 1/12
Sistemas de capitalización y ahorro para fines determinados. Prevención de la comisión de delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Sociedades que realizan captación de ahorro del público con promesa de contraprestaciones futuras. Declaración jurada anual. Formularios....

Res. Gral. IGJ 2/12
Asociaciones civiles y/o fundaciones que reciban donaciones o aportes de terceros. Prevención de la comisión de delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Obligatoriedad de presentación de una declaración jurada sobre la licitud y origen de los fondos por parte de aquellas asociaciones civiles y/o fundaciones que reciban donaciones o aportes de terceros....

Res. Gral. IGJ 3/12
Sociedades comerciales, asociaciones civiles y fundaciones. Plazo para impulsar los trámites precalificados....

Res. UIF 22/12
Encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo. Ley 25.246. Personas físicas o jurídicas cuya actividad habitual sea la compraventa de naves, aeronaves y aerodinos.Medidas y procedimientos que deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos....

Res. UIF 23/12
Encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo. Ley 25.246. Registro Nacional de Aeronaves. Medidas y procedimientos que deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos....

Provinciales

Dto. (San Luis) 516/11*
Provincia de San Luis. Fomento a las inversiones para el desarrollo económico provincial. Nuevas inversiones en emprendimientos productivos, industriales, agropecuarios, ganaderos, mineros, turísticos, de nuevas tecnologías, de energías alternativas, inmobiliarios y de servicios. Impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos. Exenciones. Ley 664/09. Se prorroga el plazo para la presentación y aprobación de proyectos....

Dto. (San Luis) 87/12
Provincia de San Luis. Fomento fiscal y reimplantación del sistema de regularización tributaria. Fomento a la producción industrial, agropecuaria, forestal y minera. Ley 780/11. Su reglamentación....

L. (GCBA) 4010
Ciudad de Buenos Aires. Contrato de trabajo. Espectáculos públicos. Reglas de habilitación del personal. Tareas de control de admisión y permanencia de público. Ley 26.370. Adhesión de la Ciudad....

L. (GCBA) 4093
Ciudad de Buenos Aires. Régimen de promoción cultural de la Ciudad. Su creación. Participación privada en el financiamiento de proyectos culturales. Beneficiarios, patrocinadores y benefactores. Contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos. Beneficios impositivos. Ley 2.264. Su modificación....

L. (Neuquén) 2796
Provincia de Neuquén. Código Fiscal. Ley 2.680. Su modificación....

Res. ATER (Entre Ríos) 16/12
Provincia de Entre Ríos. Proveedores del Estado. Certificado de libre deuda de impuestos provinciales. Fs. A.T.E.R. 010 y 011. Su aprobación. Res. D.G.R. 8/92. Su derogación....

Res. DPR (Neuquén) 15/12
Provincia de Neuquén. Impuesto sobre los ingresos brutos. Certificados de gravabilidad alícuota cero. Profesiones liberales universitarias. Certificados emitidos durante el período fiscal 2012. Se extiende su vigencia hasta el 31/12/12....

Res. Gral. DPIP (San Luis) 5/12
Provincia de San Luis. Fomento fiscal y reimplantación del sistema de regularización tributaria. Fomento a la producción industrial, agropecuaria, forestal y minera. Ley 780/11 y Dto. 87/12. Condiciones, plazos y requisitos....

Res. Norm. ARBA (PBA) 65/11
Provincia de Buenos Aires. Transporte de bienes sin documentación respaldatoria. Decomiso. Multa. Supuestos. Res. Norm. A.R.B.A. 26/11. Su modificación....

Res. Norm. ARBA (PBA) 67/11
Provincia de Buenos Aires. Impuesto a las embarcaciones deportivas o de recreación. Incumplimiento. Detención y secuestro de las embarcaciones. Código Fiscal, Ley 10.397, art. 50, inc. 10. Su reglamentación....

Res. Norm. ARBA (PBA) 69/11
Provincia de Buenos Aires. Procedimiento administrativo. Dto.-Ley 7.647/70. Presentación de escritos. Plazo de gracia....

Fuente: www.triviasp.com.ar

Legislación Destacada en Materia Societaria

Inspección General de Justicia. Trámites precalificados. Inactividad. Plazo para su impulsión

Se establece el 1/6/2012 como plazo límite para impulsar los trámites precalificados ante la Inspección General de Justicia que a la fecha de la presente se encuentren inactivos por más de un año por falta de impulso de los presentantes.
RESOLUCIÓN GENERAL (Insp. Gral. Justicia) 3/2012
BO: 31/01/2012


Inspección General de Justicia. Sociedades que realizan captación de ahorro del público con promesa de contraprestaciones futuras. Prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Declaración jurada anual. Procedimiento. Formulario

Se establece que las sociedades que realizan captación de ahorro del público con promesa de contraprestaciones futuras deberán presentar anualmente, ante la Inspección General de Justicia, una declaración jurada informativa sobre el estado de cumplimiento de la normativa asociada a la prevención de la comisión de delitos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
La misma debe presentarse a partir del 1 de marzo 2012, junto a la documentación respaldatoria en caso de corresponder, y antes del último día hábil del mes de mayo de cada año.
Destacamos que la declaración jurada se presenta con un formulario “F” y debe ser suscripta por el oficial de cumplimiento, en caso de no habérselo designado deberá ser firmado por el presidente y certificado por escribano público.
RESOLUCIÓN GENERAL (Insp. Gral. Justicia) 1/2012
BO: 31/01/2012

 
Inspección General de Justicia. Declaración jurada sobre la licitud y origen de los fondos por parte de aquellas asociaciones civiles y/o fundaciones que reciban donaciones o aportes de terceros. Declaración jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente. Procedimiento. Oportunidad. Modalidades. Aplicativo Web


Se establece que, a partir del 1 de marzo de 2012, aquellas asociaciones civiles y/o fundaciones que al momento de la constitución o con posterioridad reciban donaciones o aportes de terceros deben presentar una declaración jurada sobre la licitud y origen de los fondos, en los siguientes casos:
- Cuando los montos superen la suma de $ 100.000 o el equivalente en especie en un solo acto o en varios actos que individualmente sean inferiores al mencionado monto pero en conjunto superen esa cifra, realizados por una o varias personas relacionadas en un período no superior a los 30 días.
- Cuando los montos superen la suma de $ 200.000 o el equivalente en especie (valuado al valor de plaza) en un solo acto o en varios actos que individualmente sean inferiores pero en conjunto superen esa cifra, realizados por una o varias personas relacionada en un período no superior a los 30 días deberán presentar documentación respaldatoria y/o información que sustente el origen declarado de los fondos. En el presente caso, previo a la presentación de la declaración jurada, debe completarse un aplicativo que estará disponible en la página Web de IGJ.
La declaración jurada, junto con la documentación respaldatoria, en caso de corresponder, deberá presentarse al momento de solicitarse la autorización para funcionar y con cada presentación de estados contables.
En el mismo sentido, a partir de la fecha antes mencionada, los administradores y miembros del órgano de fiscalización de sociedades comerciales y representante legales de sociedades extranjeras como así también integrantes de la comisión directiva de asociaciones civiles y del consejo de administración de fundaciones deben presentar una declaración jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente. La misma, debe presentarse al momento de solicitar la inscripción de la constitución de la sociedad o la autorización para funcionar o con cada cambio de autoridades.
RESOLUCIÓN GENERAL (Insp. Gral. Justicia) 2/2012
BO: 31/01/2012

 
Comisión Nacional de Valores. Estados financieros de transportistas y distribuidoras de gas y sus controlantes. Diferimiento en la aplicación de las NIIF


Se establece que las sociedades emisoras de acciones u obligaciones negociables que sean licenciatarias de la prestación de servicios públicos de transporte y distribución de gas, y sus controlantes, no deberán presentar sus estados financieros preparados de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) sino hasta aquellos ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2013.
Asimismo, se deja sin efecto la obligación, para estas emisoras, de presentar como nota informativa a los estados financieros por los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero, preparados sobre la base de las normas profesionales vigentes (excluyendo la RT 26 y modif.), una conciliación del patrimonio neto y de los resultados con los que surgirían de aplicar las NIIF.
RESOLUCIÓN GENERAL (Com. Nac. Valores) 600/2012
BO: 31/01/2012

Legislación Destacada en Materia Contable y Administrativa

Normas Técnicas y Profesionales. Prevención del lavado de activos y de la financiación del terrorismo. Información de las personas físicas o jurídicas cuya actividad habitual sea la compraventa de naves, aeronaves y aerodinos. Reglamentación

Se aprueban las directivas sobre la reglamentación del régimen de información de operaciones sospechosas de lavado de activos y de financiación del terrorismo que deberán observar las personas físicas o jurídicas cuya actividad habitual sea la compraventa de naves, aeronaves y aerodinos. Estas disposiciones resultan de aplicación a partir del 31 de enero de 2012.
RESOLUCIÓN (Unidad de Información Financiera) 22/2012
BO: 31/01/2012


Normas Técnicas y Profesionales. Prevención del lavado de activos y de la financiación del terrorismo. Información del Registro Nacional de Aeronaves. Reglamentación

Se aprueban las directivas sobre la reglamentación del régimen de información de operaciones sospechosas de lavado de activos y de financiación del terrorismo que deberá observar el Registro Nacional de Aeronaves. Estas disposiciones resultan de aplicación a partir del 31 de enero de 2012. RESOLUCIÓN (Unidad de Información Financiera) 23/2012
BO: 31/01/2012

 
Normas Técnicas y Profesionales. Prevención del lavado de activos y de la financiación del terrorismo. Sociedades que realizan captación de ahorro del público con promesa de contraprestaciones futuras. Declaración jurada anual. Procedimiento. Formulario


Se establece que las sociedades que realizan captación de ahorro del público con promesa de contraprestaciones futuras deberán presentar anualmente, ante la Inspección General de Justicia, una declaración jurada informativa sobre el estado de cumplimiento de la normativa asociada a la prevención de la comisión de delitos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
La misma debe presentarse a partir del 1 de marzo 2012, junto a la documentación respaldatoria en caso de corresponder, y antes del último día hábil del mes de mayo de cada año.
Destacamos que la declaración jurada se presenta con un formulario “F” y debe ser suscripta por el oficial de cumplimiento. En caso de no habérselo designado, deberá ser firmado por el presidente y certificado por escribano público.
RESOLUCIÓN GENERAL (Insp. Gral. Justicia) 1/2012
BO: 31/01/2012


Normas Técnicas y Profesionales. Comisión Nacional de Valores. Estados financieros de transportistas y distribuidoras de gas y sus controlantes. Diferimiento en la aplicación de las NIIF

Se establece que las sociedades emisoras de acciones u obligaciones negociables que sean licenciatarias de la prestación de servicios públicos de transporte y distribución de gas, y sus controlantes, no deberán presentar sus estados financieros preparados de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) sino hasta aquellos ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2013. Asimismo, se deja sin efecto la obligación, para estas emisoras, de presentar como nota informativa a los estados financieros por los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero, preparados sobre la base de las normas profesionales vigentes (excluyendo la RT 26 y modif.), una conciliación del patrimonio neto y de los resultados con los que surgirían de aplicar las NIIF.
RESOLUCIÓN GENERAL (Com. Nac. Valores) 600/2012
BO: 31/01/2012

Legislación Laboral y Previsional Destacada

Recursos de la Seguridad Social. Presunciones laborales. Determinación mínima de trabajadores por actividad. Nuevos indicadores. Actividad de importadores

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) da a conocer nuevos Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT) aplicables a las actividades de importadores.
La presente resolución entrará en vigencia el 1 de febrero de 2012.
Recordamos que, de acuerdo con lo establecido en la ley antievasión II -L. 26063-, la AFIP está facultada para determinar las deudas de la seguridad social valiéndose de presunciones. El citado organismo, a través de la resolución general 2927, reglamentó dicha norma procediendo a la elaboración de presunciones genéricas y de presunciones particulares. En tal sentido, adoptó el IMT como herramienta que permite establecer la cantidad mínima de trabajadores requeridos por cada unidad de obra o servicio, según la actividad de la que se trate. 
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 3257
BO: 31/01/2012


Recursos de la Seguridad Social. Presunciones laborales. Determinación mínima de trabajadores por actividad. Nuevos indicadores. Actividad de aserraderos


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) da a conocer nuevos Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT) aplicables a las actividades de aserraderos.
La presente resolución entrará en vigencia el 1 de febrero de 2012.
Recordamos que, de acuerdo con lo establecido en la ley antievasión II -L. 26063-, la AFIP está facultada para determinar las deudas de la seguridad social valiéndose de presunciones. El citado organismo, a través de la resolución general 2927, reglamentó dicha norma procediendo a la elaboración de presunciones genéricas y de presunciones particulares. En tal sentido, adoptó el IMT como herramienta que permite establecer la cantidad mínima de trabajadores requeridos por cada unidad de obra o servicio, según la actividad de la que se trate. 
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 3258
BO: 31/01/2012


Recursos de la Seguridad Social. Presunciones laborales. Determinación mínima de trabajadores por actividad. Nuevos indicadores. Actividad de cosecha forestal

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) da a conocer nuevos Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT) aplicables a las actividades de cosecha forestal dentro de la actividad de silvicultura.
La presente resolución entrará en vigencia el 1 de febrero de 2012.
Recordamos que, de acuerdo con lo establecido en la ley antievasión II -L. 26063-, la AFIP está facultada para determinar las deudas de la seguridad social valiéndose de presunciones. El citado organismo, a través de la resolución general 2927, reglamentó dicha norma procediendo a la elaboración de presunciones genéricas y de presunciones particulares. En tal sentido, adoptó el IMT como herramienta que permite establecer la cantidad mínima de trabajadores requeridos por cada unidad de obra o servicio, según la actividad de la que se trate. 
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 3259
BO: 31/01/2012
 

Inquietudes frecuentes
EMBARGO DE SUELDOS POR CUOTA ALIMENTARIA

¿Hay límites respecto del monto a embargar en concepto de cuotas alimentarias?

Los límites de embargabilidad establecidos por el decreto 484/1987 para los embargos de sueldos, no son aplicables en el caso de cuotas por alimentos o litis expensas, las que deberán ser fijadas por el juez de la causa, de modo que permitan la subsistencia del alimentante (art. 147, LCT y art. 4, D. 484/1987).

Legislación Impositiva Destacada

Santa Fe. Ingresos brutos. Incremento de alícuota básica para determinados contribuyentes a partir del 1/2/2012

Se incrementa, a partir del 1/2/2012, la alícuota básica del impuesto sobre los ingresos brutos para determinados contribuyentes según el siguiente detalle:
* Alícuota básica: 3,80%: para contribuyentes y/o responsables cuyos ingresos brutos anuales devengados en el período fiscal inmediato anterior sean superiores o iguales a $ 30.000.000 e inferiores a $ 40.000.000
* Alícuota básica: 4,20% para contribuyentes y/o responsables cuyos ingresos brutos anuales devengados en período fiscal inmediato anterior sean superiores o iguales a $ 40.000.000.
DECRETO (Poder Ejecutivo Santa Fe) 2/2012


Neuquén. Ingresos brutos. Ejercicio de profesiones liberales universitarias. Gravabilidad tasa cero. Certificados. Prórroga

Se extiende hasta el 31/12/2012 la validez de los certificados de tasa 0% del impuesto sobre los ingresos brutos, otorgados a profesionales liberales universitarios durante el Período Fiscal 2011, siempre que se cumpla con las condiciones para acceder a este beneficio.
RESOLUCIÓN (Dir. Prov. Rentas Neuquén) 15/2012
BO (Neuquén): 27/01/2012


Importante - Corredores inmobiliarios matriculados

 Corredores inmobiliarios matriculados



La UIF fija los procedimientos que deberán observar con el fin de prevenir, detectar y reportes los actos u omisiones que pueden constituir delitos de lavado de dinero.

Se establecen las medidas y procedimientos que los sujetos obligados, agentes o corredores inmobiliarios matriculados y sociedades que tengan por objeto el corretaje inmobiliario, deberán cumplir para detectar y reportar posibles delitos de lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

Además se regulan las pautas del manual de procedimientos, la definición para la identificación de los clientes, el legajo y conservación de la documentación, el reporte de las operaciones sospechosas y las sanciones a aplicarse.

Vigencia: Desde el 27 de enero de 2012.


Más información:
Res. UIF 16/12Fuente: www.triviasp.com.ar

Importante - Compraventa de yates y Registro de embarcaciones

Compraventa de yates y Registro de embarcaciones



La Unidad de Información Financiera regula los procedimientos para las operaciones de compraventa de yates y las normas a cumplir por el Registro Nacional de Embarcaciones.

Se reglamentan los procedimientos y medidas que deberá observar las personas físicas o jurídicas cuya actividad habitual sea la compraventa de yates y similares, de acuerdo a lo regulado en el art. 20, inciso 21, de la Ley 25.246.
Los procedimientos y medidas dispuestas tienen la finalidad de prevenir, detectar y reportar los actos u omisiones que puedan constituir delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. (Res. UIF 18/12)
Se dictan las normas necesarias que deberán cumplir en adelante el Registro Nacional de Embarcaciones.
Artículo 20, inciso 6, de la Ley Nº 25.246 a cargo de la Prefectura Naval Argentina.
Se establecen los procedimientos y medidas que deberá observar dicho Registro con el fin de prevenir, detectar y reportar los actos u omisiones que puedan constituir delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. (Res. UIF 17/12)
En ambos casos se regulan las pautas del manual de procedimiento, la identificación de los clientes, el legajo y conservación de la documentación, el reporte de las operaciones sospechosas y las sanciones.


Más información:
Res. UIF 17/12
Res. UIF 18/12
Fuente: www.triviasp.com.ar

lunes, 30 de enero de 2012

Legislación Laboral y Previsional Destacada

TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO. PROTOCOLO PARA LA MEDICIÓN DE LA ILUMINACIÓN EN EL AMBIENTE LABORAL. APROBACIÓN
Se aprueba el Protocolo para la Medición de la Iluminación en el Ambiente Laboral, que será de uso obligatorio para todos aquellos que deban medir el nivel de iluminación conforme con las previsiones de la ley 19587 de higiene y seguridad en el trabajo y normas reglamentarias.
La presente resolución entrará en vigencia a partir del 15 de marzo de 2012.
RESOLUCIÓN (Superint. Riesgos del Trabajo) 84/2012 BO: 30/01/2012

TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO. PROTOCOLO PARA LA MEDICIÓN DEL NIVEL DE RUIDO EN EL AMBIENTE LABORAL. APROBACIÓN
Se aprueba el Protocolo para la Medición del Nivel de Ruido en el Ambiente Laboral, que será de uso obligatorio para todos aquellos que deban medir el nivel de ruido conforme con las previsiones de la ley 19587 de higiene y seguridad en el trabajo y sus normas reglamentarias.
La presente resolución entrará en vigencia a partir del 15 de marzo de 2012.
RESOLUCIÓN (Superint. Riesgos del Trabajo) 85/2012 BO: 30/01/2012

TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. CONTRATO DE TRABAJO. ESPECTÁCULOS PÚBLICOS. TAREAS DE CONTROL DE ADMISIÓN Y PERMANENCIA. LEY 26370. CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. ADHESIÓN
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires se adhiere al régimen de la ley nacional 26370.
Recordamos que dicha ley establece las reglas de habilitación del personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia de público en general, para empleadores cuya actividad consista en la organización y explotación de eventos y espectáculos públicos.
LEY (Poder Legislativo Buenos Aires (Ciudad)) 4010 BO (Buenos Aires (Ciudad)): 27/01/2012
ESTATUTOS, CONVENIOS Y ESCALAS. ESTACIONES DE SERVICIO. PROVINCIA DE BUENOS AIRES, CCT 488/2007. ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA. HOMOLOGACIÓN
Se declara homologado el Acuerdo salarial celebrado en el marco del convenio colectivo de trabajo 488/2007.
Bajo el citado Acuerdo, se establece otorgar al personal la suma de $ 600 por única vez, en concepto de Plus Navideño, que tendrá carácter no remunerativo.
Dicho plus se abonará con los salarios de diciembre de 2011 y enero de 2012, en 2 cuotas iguales y consecutivas de $ 300 cada una.
DISPOSICIÓN (Dir. Nac. Relaciones del Trabajo) 9/2012

CONSULTAS FRECUENTES
OBRA SOCIAL. ESTADO DE EXCEDENCIA. COBERTURA. REQUISITOS
Durante el período de excedencia, ¿la trabajadora tiene cobertura de obra social?
La trabajadora que finalizada la licencia por maternidad opte por quedar en situación de excedencia podrá mantener su calidad de beneficiaria durante el período de esta, cumpliendo con las obligaciones del aporte a su cargo y de la contribución a cargo del empleador.
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Novedades Legislativas 30/01/2012

Nacionales

Disp. DNRT 3/12
Estaciones de servicio, garajes, playas y lavaderos automáticos. Provincia de Santa Fe. Personal obrero y empleado. Conv. Colect. de Trab. 345/02. Tope 50/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/5/11, 1/7/11 y 1/8/11....

Res. SRT 84/12
Riesgos del trabajo. Higiene y seguridad. Protocolo para la medición de la iluminación en el ambiente laboral....

Res. SRT 85/12
Riesgos del trabajo. Higiene y seguridad. Protocolo para la medición del nivel de ruido en el ambiente laboral....

Res. SServSalud 55/12
Medicina prepaga. Marco regulatorio. Ley 26.682. Normas de procedimiento para la inscripción en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga. Formularios....

Res. ST 29/12
Actores, bailarines, coristas, apuntadores y demás profesionales teatrales. Conv. Colect. de Trab. 307/73. Tope 55/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/9/11 y 1/5/12....

Res. ST 65/11*
Textiles. Empleados. Conv. Colect. de Trab. 123/90. Acuerdo 33/12. Asignación no remunerativa en el 1/12/11, 1/1/12, 1/2/12, 1/3/12, 1/4/12 y 1/5/12. Escala salarial a partir del 1/2/12 y 1/5/12. Contribución especial....

Provinciales

Res. DGR (Río Negro) 33/12
Provincia de Río Negro. Procedimiento para la operación de la sanción de clausura preventiva. Ley 2.686, art. 78....

Res. DGR (San Juan) 163/12
Provincia de San Juan. Impuesto sobre los ingresos brutos. Nuevo Régimen Simplificado provincial. Código Fiscal, Ley 3.908, art. 131 bis. Prórroga de la entrada en vigencia....

 

Fuente: www.triviasp.com.ar

Legislación Impositiva Destacada

ENTRE RÍOS. LEY IMPOSITIVA. MODIFICACIONES
Se establecen modificaciones a la ley impositiva respecto del impuesto sobre los ingresos brutos, entre las cuales destacamos:
- La alícuota de los servicios relacionados con las actividades primarias pasa del 1,6% al 3,5%, salvo para los contribuyentes directos, o con sede en la Provincia para los de Convenio Multilateral, que continuarán tributando con la alícuota de 1,6%.
- Se eleva la alícuota aplicable a la construcción al 3,5%, manteniéndose solo para las obras públicas licitadas por la Provincia de Entre Ríos y sus Municipios, con financiamiento de fondos propios la alícuota del 1,6%.
- Se unifica en 3,5% la alícuota aplicable a la industria, salvo la industrialización de combustibles y GNC.
- Se establece en 8% la alícuota aplicable para máquinas de azar automáticas.
- Boites, café concert, "dancing", locales nocturnos, etc., tributarán con la alícuota de 8%.
- Se incrementan los mínimos anuales del impuesto.
- Se fijan para los contribuyentes adheridos al régimen simplificado diferentes categorías de acuerdo con los ingresos brutos anuales, la actividad desarrollada, las magnitudes físicas y el monto de los alquileres devengados anualmente.
LEY (Poder Legislativo Entre Ríos) 10098 BO (Entre Ríos): 24/01/2012

ENTRE RÍOS. CÓDIGO FISCAL. LEY IMPOSITIVA. MODIFICACIONES
Se establecen modificaciones al Código Fiscal y a la ley impositiva.
Entre las principales modificaciones destacamos:
* Código Fiscal
Respecto del impuesto de sellos se establece:
- No se encuentran gravados los actos, contratos y operaciones que constituyan, transmitan, modifiquen o extingan cualquier derecho sobre bienes situados fuera de la jurisdicción provincial.
- En las promesas de venta y contratos de compraventa, el impuesto se liquidará sobre el valor efectivo de la operación si esta fuera al contado. En el caso de ser a plazos, el monto imponible será el que resulte de la suma total de las cuotas, excluyendo los gastos de escrituración e impuestos.
- El impuesto y sus accesorios serán abonados mediante el Sistema de Administración Tributaria, o en la forma que se determine para el caso particular. Los contribuyentes deberán incorporarse al sistema para que se les practique la determinación.
* Ley impositiva
Respecto del impuesto de sellos:
- Se incrementan los valores mínimos para ciertos actos y contratos.
- Por la disolución de la sociedad conyugal, cualquiera sea la causa se fija la alícuota del 10‰ (diez por mil).
LEY (Poder Legislativo Entre Ríos) 10099 BO (Entre Ríos): 24/01/2012
SAN JUAN. INGRESOS BRUTOS. RÉGIMEN SIMPLIFICADO. ENTRADA EN VIGENCIA. PRÓRROGA
Se prorroga, hasta el 1/3/2012 inclusive, la entrada en vigencia del régimen simplificado para contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos, recientemente modificado por la ley (San Juan) 8250.
RESOLUCIÓN (Dir. Gral. Rentas San Juan) 163/2012 BO (San Juan): 26/01/2012

LA PAMPA. LEY IMPOSITIVA 2012. INGRESOS BRUTOS. SELLOS. CÓDIGO FISCAL. MODIFICACIONES
Se aprueba la ley impositiva de la Provincia de La Pampa aplicable para el período fiscal 2012.
Asimismo, se introducen modificaciones al Código Fiscal Provincial.
LEY (Poder Legislativo La Pampa) 2653 BO (La Pampa): 30/12/2011

SAN LUIS. INGRESOS BRUTOS. LEY DE FOMENTO FISCAL. REGLAMENTACIÓN. RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA. REAPERTURA
El Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis reglamenta la ley (San Luis) VIII 780/2011, la cual establece un régimen de fomento fiscal en el impuesto sobre los ingresos para nuevos emprendimientos industriales, agropecuarios, forestales y mineros radicados en la Provincia y restablece la vigencia del plan de regularización tributaria "Emergencia Económica e Implementación de un Sistema de Regularización Tributaria" dispuesto por la ley (San Luis) VIII 674/2009.
DECRETO (Poder Ejecutivo San Luis) 87/2012 BO (San Luis): 27/01/2012
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viernes, 27 de enero de 2012

Novedades en Materia Contable y Administrativa

PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

Se aprueban las directivas sobre la reglamentación del régimen de información de operaciones sospechosas de lavado de activos y de financiación del terrorismo que deberán observar los agentes o corredores inmobiliarios matriculados y las sociedades de cualquier tipo que tengan por objeto el corretaje inmobiliario, integradas y/o administradas exclusivamente por agentes o corredores inmobiliarios matriculados; así como el Registro Nacional de Embarcaciones y las personas físicas o jurídicas cuya actividad habitual sea la compraventa de yates y similares.
Estas disposiciones resultan de aplicación a partir del 27 de enero de 2012.

Res. UIF 16/12
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Novedades Legislativas 27/01/2012

Nacionales

Com. BCRA "A" 5271
Circ. OPASI 2-436. Cuenta de la Seguridad Social. Difusión por parte de las entidades financieras. Com. B.C.R.A. A 5.270. Suspensión de entrada en vigencia....
Dto. 148/12
Impuesto adicional de emergencia sobre el precio de venta de cigarrillos. Ley 24.625. Reducción de alícuota....

Res. Gral. AFIP 3256/12
Comercio exterior. Aduanas. Destinaciones definitivas de importación para consumo. Declaración jurada anticipada de importación. Res. Gral. A.F.I.P. 3.255/12. Ventanilla Unica Electrónica....

Res. ST 109/11*
Entidades deportivas y civiles. Actividades inherentes a los servicios que se presten en los hoteles que son propiedad y/o explota el Sindicato Luz y Fuerza. Conv. Colect. de Trab. 360/03. Tope 30/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/6/11 y 1/9/11....

Res. ST 110/11*
Locutores de televisión de circuito cerrado. Conv. Colect. de Trab. 432/75. Tope 19/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/8/11, 1/10/11 y 1/1/12....

Res. ST 112/11*
Alimentación. Productores avícolas. Rama: incubación de huevos. Conv. Colect. de Trab. 613/10. Tope 8/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones a partir del 1/9/11, 1/1/12 y 1/3/12....

Res. ST 5/12
Sanidad. Agente de propaganda médica de laboratorios de especialidades medicinales. Visitadores médicos. Conv. Colect. de Trab. 119/75. Tope 44/11. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/8/11, 1/10/11 y 1/1/12....

Res. ST 6/12
Alimentación. Rama: revisión, clasificación y procesado de huevos. Conv. Colect. de Trab. 612/10. Tope 47/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/9/11, 1/1/12 y 1/3/12....

Res. ST 7/12
Pasteleros y pizzeros, alfajoreros, factureros, heladeros, rotiseros y afines. Rama: pastelería y rotisería. Provincia de Tucumán. Conv. Colect. de Trab. 473/06. Rama: heladerías. Conv. Colect. de Trab. 474/06. Rama: pizzería. Conv. Colect. de Trab. 475/06. Tope 46/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/6/11, 1/8/11, 1/9/11, 1/10/11, 1/11/11, 1/12/11 y 1/1/12....

Res. UIF 16/12
Encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo. Ley 25.246. Agentes o corredores inmobiliarios matriculados y sociedades que tengan por objeto el corretaje inmobiliario. Medidas y procedimientos que deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos....

Res. UIF 17/12
Encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo. Ley 25.246. Registro Nacional de Embarcaciones. Medidas y procedimientos que deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos....

Res. UIF 18/12
Encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo. Ley 25.246. Personas físicas o jurídicas cuya actividad habitual sea la compraventa de yates y similares. Medidas y procedimientos que deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos....


Provinciales

Res. Gral. DGR (Mendoza) 8/12
Provincia de Mendoza. Impuesto sobre los ingresos brutos. Convenio Multilateral. Despacho de vino común a granel. Anticipos mensuales. Precio por litro fijado por la Dirección General de Rentas. Diciembre de 2011....

Jurisprudencia Informe DTT (PBA) 61/11
Provincia de Buenos Aires. Dirección de Técnica Tributaria. Impuesto de sellos. Boleto de compraventa celebrado en subasta pública. Cesión. Comienzo del cómputo de la prescripción. Exteriorización de actos en la Provincia. Agregación al expediente judicial de la cesión del boleto. Informes D.T.T. 39/06 y 38/11....

Informe DTT (PBA) 62/11
Provincia de Buenos Aires. Dirección de Técnica Tributaria. Impuesto de sellos. Contrato de fideicomiso. División de condominio y emprendimiento constructivo. Escritura de transmisión de una porción determinada del inmueble a uno de los condóminos....

Jurisprudencia J4967
Procedimiento tributario. Prescripción del cobro de deuda en cuenta corriente bancaria es de cinco años. Se rechaza la demanda del Banco. Ley de defensa del consumidor, art. 50 debe aplicarse el plazo más favorable al consumidor usuario. Banco de la Provincia de Córdoba c/ Martinolli Jorge E. y O. Prescripción múltiple. Ejecutivos particulares. Recurso de apelación. Recurso de casación, T.S.J. Córdoba....

Jurisprudencia J4968
Procedimiento tributario. Rechazo de demanda de abogado por el cobro de honorarios por trabajos extrajudiciales. El letrado no tiene derecho a una regulación complementaria destinada a recompensar por vía extrajudicial lo que pudo obtener por presentación en sede judicial. Yannibelli Joaquín c/Graisaro María Julia s/determinación judicial de honorarios, C.A.C.C. Junín....
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Legislación Impositiva Destacada

IMPUESTOS INTERNOS. CIGARRILLOS. ADICIONAL DE EMERGENCIA SOBRE EL PRECIO FINAL DE VENTA. PRÓRROGA DE LA ALÍCUOTA REDUCIDA

Se extiende, del 1/1/2012 al 31/12/2012, la aplicación de la alícuota del 7% del impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos.

DECRETO (Poder Ejecutivo) 148/2012 BO: 27/01/2012


OTRAS NOVEDADES OPERACIONES DE IMPORTACIÓN. RÉGIMEN DE INFORMACIÓN APLICABLE DESDE EL 1/2/2012. VENTANILLA ÚNICA ELECTRÓNICA. CONVENIO DE ADHESIÓN AL RÉGIMEN PARA ORGANISMOS GUBERNAMENTALES

Por medio de la resolución general (AFIP) 3256 se aprueba el "Modelo de Convenio de Adhesión al Régimen de Ventanilla Única Electrónica del Comercio Exterior - Resoluciones generales (AFIP) 3252 y 3255", el cual servirá de modelo para los organismos gubernamentales que celebren un convenio con la AFIP como consecuencia de la adhesión al citado régimen de ventanilla única.
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Respuesta a Inquietudes Frecuentes

CONTRATO DE TRABAJO. EMBARGOS. EMBARGO JORNALIZADO

Un empleador recibe una cédula judicial en la que se establece que debe descontar a su empleado el 30% de su remuneración por cuota alimentaria y depositarla en una cuenta mensualmente. Si el empleado cobra quincenalmente, ¿cómo es el procedimiento?
Se debe practicar el embargo de alimentos en cada una de las quincenas reflejándolo en los recibos correspondientes. El depósito se deberá efectuar a fin de mes.
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jueves, 26 de enero de 2012

Novedades Legislativas 26/01/2012

Nacionales

Res. ST 101/11*
Fideeros. Rama: pastas frescas. Conv. Colect. de Trab. 90/90. Tope 20/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/7/11, 1/10/11 y 1/2/12....

Res. ST 406/11
Enseñanza privada. Empleados y obreros no docentes. Rama: universidades. Conv. Colect. de Trab. 1/88. Tope 520/11. Escala salarial a partir del 1/3/11 y 1/10/11. Contribución empresaria. Aporte solidario....

Res. ST 48/11*
Panaderos. Provincia de Córdoba. Conv. Colect. de Trab. 461/06. Tope 4/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/8/11 y 1/1/12....

Res. ST 60/11*
Pasteleros, confiteros, pizzeros, alfajoreros y rotiseros. Provincia de Mendoza. Conv. Colect. de Trab.384/75. Tope 26/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/7/11 y 1/1/12....

Res. ST 61/11*
Cuero y afines. Empleados, encargados y capataces de la industria de curtiembre. Conv. Colect. de Trab. 125/75. Obreros. Capital Federal y Gran Buenos Aires. Conv. Colect. de Trab. 142/75. Obreros. Conv. Colect. de Trab. 196/75. Tope 9/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/11/11, 1/5/11, 1/9/11 y 1/1/12....

Res. ST 77/11*
Guardavidas, carperos, ayudantes de carperos, operarios de mantenimiento de playas. Conv. Colect. de Trab. 179/91. Tope 23/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/7/11, 1/9/11, 1/11/11 y 1/4/12....

Res. ST 78/11*
Marítimos. Remolcadores de puerto maniobra de bandera argentina. Personal de maestranza y marinería. Conv. Colect. de Trab. 629/11. Tope 29/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/1/10....

Res. ST 92/11*
Tintoreros, sombrereros y lavaderos. Rama: tintorerías. Provincia de Córdoba. Conv. Colect. de Trab. 569/09. Tope 11/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/5/11, 1/8/11, 1/11/11 y 1/2/12....

Res. ST 94/11*
Limpieza y mantenimiento. Maestranza. Recolección de residuos. Provincia de Santa Fe. Conv. Colect. de Trab. 576/10. Tope 35/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/7/11, 1/8/11 y 1/1/12....


Provinciales

L. (Entre Ríos) 10098
Provincia de Entre Ríos. Alícuotas especiales para cada actividad. Ley 9.622. Su modificación....


Jurisprudencia

Jurisprudencia J4876
Contrato de trabajo. Jornada laboral. Labores de supervisión. Inexistencia de facultades de dirección o de ejecución. Remuneración no refleja la posición jerárquica del dependiente. Falta de configuración de una función superior. Horas extra. Procedencia. Ramos Ruiz José Antonio c/Envases del Plata S.A., C.N.A.T., Sala VI....

Jurisprudencia J4877
Contrato de trabajo. Extinción. Despido. Indemnización. Discriminación salarial. Gerente. Violación del principio -igual remuneración por igual tarea-. Falta de acreditación de existencia de causas objetivas que justifiquen la diferencia. Procedencia. Pulleiro Castagno Juan Carlos c/Banco Columbia S.A., C.N.A.T., Sala VII....

Jurisprudencia
J4878
Contrato de trabajo. Trato discriminatorio desigual. Discriminación salarial. Principio igual remuneración por igual tarea. Inexistencia de razones objetivas que justifiquen la desigualdad. Indemnización por despido y diferencias salariales. Cálculo. Marin Maximiliano Gastón c/Arcor S.A., C.N.A.T., Sala X....

Jurisprudencia J4879
Contrato de trabajo. Protección de la maternidad. Licencias laborales. Período de excedencia. Reincorporación de la trabajadora. Presunción de la voluntad de la trabajadora. Extinción. Aplicación de los principios de buena fe y conservación del contrato de trabajo. Despido injustificado. Cálculo de la indemnización por despido. Giménez Gladys Ester c/Mercado de la Oficina S.A. s/despido, C.N.A.T., Sala X....

Jurisprudencia J4880
Riesgos de trabajo. Enfermedad laboral. Afección de la columna. Hernia dorsal. Mozo de salón. Responsabilidad civil de la empleadora. Procedencia. A.R.T. Responsabilidad solidaria. Cuantificación de perjuicios. Contti Juan Enrique c/Mapfre Aconcagua A.R.T., C.N.A.T., Sala X....

Jurisprudencia J4881
Contrato de trabajo. Despido con justa causa. Ejecución descuidada de tareas que originaba desconfianza de su lealtad y fidelidad. Tesorera que se vé implicada en una causa penal por adulteración de dcoumentación. Stancanelli S.M. c/La Nueva Metropol, C.N.A.T., Sala IX....

Jurisprudencia J4882
Contrato de trabajo. Mobbing. Hostigamiento psicológico. Violencia moral. Valoración de la pericia psicológica. Generación de un trastorno por "stress post traumático". Ejercicio abusivo de ius variandi. Cambio de tareas. Daño moral. Procedencia. Vaccaro Juan José c/Correo Argentino, C.N.A.T., Sala X....

Jurisprudencia J4883
Contrato de trabajo. Solidaridad. Tercerización. Actividad de call center. Extensión de la responsabilidad solidaria a la petrolera. Tareas forman parte de la actividad normal de la compañía. Despido en el período de embarazo. Solicitud indemnización especial y multas art. 80. Diano Sandra Edith c/Petrobras Energía S.A., C.N.A.T., Sala X....

Jurisprudencia J4956
Contrato de trabajo. El Estado provincial debe abonar a un policía herido de un macetazo en la cabeza durante un procedimiento. Indemnizaciones. Navarrete Simón c/provincia de Río Negro., S.T.J. Río Negro....

Jurisprudencia J4957
Jubilaciones y pensiones. Sueldo activo no puede utilizarse como tope para cálculo de las diferencias del régimen. Ley 24.241. García Abel c/A.N.Se.S. s/reajustes varios, C.F.S.S., Sala III....

Jurisprudencia J4958
Contratos y documentos comerciales. Entidades financieras. Contrato de apertura de cuenta corriente. Revisión del saldo deudor. Tasas de interés aplicables. Cobro de intereses excesivos. Interpretación del art. 793 del Código de Comercio. Recurso extraordinario admisible. Cementub S.A. c/Banco de la Provincia de Buenos Aires. Cumplimiento de contrato., S.C.J.-P.B.A....

Jurisprudencia J4959
Contrato de trabajo. Despido indirecto. Trabajador que utilizando una manguera, roba gasoil de los vehículo usados para trabajar sin la debida autorización. Aranda Aníbal Ariel c/Y.P.F. S.A. indemnización por despido, S.C.J.-P.B.A....
Jurisprudencia J4960
Contrato de Trabajo. Reclamo por diferencias salariales. Indemnización por daño moral. Solicitud de la nulidad de una convención por la cual se le había bajado el sueldo y cambiado la categoría. Casullo Flavio Hernán c/HSBC Bank Argentina S.A. s/despido. C.N.A.T. Sala IX....

Jurisprudencia J4962
Contrato de trabajo. Farmacia. Profesionales de la salud. Violación de la normativa vigente por parte de la empleadora. Justificación de apertura de locales. Uso indebido de título de farmacéutico del trabajador. Difrerencias salariales. Compensación económica. Procedencia. Maldonado Santiago Orlando c/Farmacity S.A. s/diferencias salariales, C.N.A.T., Sala VII....

Jurisprudencia J4963
Procedimiento tributario. Acción de revocación de la desestimación de una ejecución fiscal por un importe menor al consignado en la boleta. Expte. 8.000/11 - G.C.B.A. s/queja por recurso de incostitucionalidad denegado en G.C.B.A. c/Fenoyer S.A. s/ejecución fiscal, T.S.J. - C.A.B.A....

Jurisprudencia J4964
Contrato de trabajo. Despido arbitrario. Condena solidaria. Desvinculación por abandono de tareas, en realidad la causal era enfermedad. Explotación de los juegos es una actyividad propia de la Lotería Nacional. Gómez Jorge Gastón c/Bingo Lavalle S.A. y Otro s/despido, C.N.A.T., Sala VI....

Jurisprudencia J4965
Contrato de trabajo. Revocación de sentencia y obligatoriedad a obra social a trasladar a una empleada a La Rioja, pues su pareja vive allí y quiere llevar adelante su proyecto familiar. Trasladarla en el mismo o similar cargo y mismas o similares funciones. PME c/Osplad Obra Social para la Actividad Docente s/acción de amparo, C.N.A.T., Sala VIII....

Jurisprudencia J4966
Contrato de trabajo. Registración defectuosa de la relación laboral. Condena integrada a los herederos del fallecido (viuda del directivo). Indemnización teniendo consideración parte del sueldo y ciertas comisiones que se le pagaban en negro. Donaldson Juan Eduardo c/Portal de la Industria. S.A. y Otro s/despido, C.N.A.T., Sala VI....

Fuente: www.triviasp.com.ar
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Legislación Impositiva Destacada y Próximos Vencimientos

MENDOZA. LEY IMPOSITIVA 2012. ALÍCUOTAS Y MONTOS APLICABLES. CÓDIGO FISCAL. MODIFICACIÓN

Se establecen las alícuotas y los montos aplicables a los impuestos, tasas y contribuciones de la Provincia correspondientes al período fiscal 2012 y se disponen modificaciones al Código Fiscal provincial.
Entre las principales modificaciones, destacamos:
Ley impositiva
* Ingresos brutos:
- Se establecen importantes incrementos en las alícuotas del impuesto para las siguientes actividades:
Agricultura, caza, silvicultura y pesca: 2%.
Explotación de minas y canteras: 4%.
Industria manufacturera: 3%; en caso de que la actividad se desarrolle en establecimientos ubicados en la jurisdicción, la alícuota se reducirá a 1,5%.
Comercio al por mayor: 4%.
Comercio minorista: 3,5%.
Transporte y almacenamiento: 4%.
- Asimismo, se establece que aquellos contribuyentes y/o responsables que desarrollen la actividad de comercio al por mayor, comercio minorista, expendio de comidas y bebidas, transporte y almacenamiento, operaciones sobre inmuebles, servicios técnicos y profesionales, alquiler de cosas muebles y/o servicios sociales comunales y personales, y cuyos ingresos gravados, no gravados y exentos obtenidos en el período fiscal anterior, por el desarrollo de alguna de las detalladas actividades supere los $ 15.000.000, deberán incrementar la alícuota que les corresponda en un 0,5%.
- Se crea el régimen simplificado del impuesto, el que deberá ser reglamentado por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Mendoza. No obstante, señalamos que hasta que la Dirección reglamente el mencionado régimen, continuará siendo aplicable el sistema de impuesto prefacturado.
* Sellos:
- Se establece que estarán gravados a las alícuotas del 1% los contratos de construcción de obras públicas cuyo monto sea superior a $ 10.000.000.
Código Fiscal:-
Se faculta a la Dirección General de Rentas de la Provincia de Mendoza a efectuar controles de venta in situ denominados "punto fijo", haciéndose presentes en el local comercial del contribuyente durante la jornada de trabajo a fin de determinar las ventas reales efectuadas.
- Se gradúa la multa por omisión entre un 50% y hasta un 200% del monto del débito tributario adeudado.
- Se gradúa la multa por defraudación entre un 200% y hasta un 800% del monto del débito tributario total o parcialmente evadido.
- Se incorpora la infracción a las normas relacionadas con el mantenimiento y protección del medio ambiente, la que será sancionada con la alícuota máxima del impuesto sobre los ingresos brutos.
- Se establece que el traslado o transporte de bienes dentro del territorio provincial deberá estar acompañado por la documentación que reglamente la Dirección General de Rentas. El incumplimiento de lo mencionado será reprimido con el decomiso de la mercadería transportada o trasladada.
- Se eliminan las exenciones en el impuesto sobre los ingresos brutos para los ingresos provenientes a las actividades conexas a la exportación, los ingresos provenientes de la venta directa de productos agropecuarios entre productores y exportadores y los ingresos provenientes de la venta directa de energía eléctrica a usuarios residenciales.

LEY (Poder Legislativo Mendoza) 8398 BO (Mendoza): 24/01/2012


SANTA FE. INGRESOS BRUTOS. RÉGIMEN DE RECAUDACIÓN SOBRE ACREDITACIONES BANCARIAS. ALÍCUOTAS APLICABLES. MODIFICACIÓN

Se adecua la normativa referida al régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias estableciendo, a partir del 1/2/2012, incrementos en las alícuotas aplicables para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos.

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Prov. Impuestos Santa Fe) 1/2012


LA PAMPA. PROCEDIMIENTO. INCUMPLIMIENTO A LOS DEBERES FORMALES. SANCIONES. INCREMENTO

Se incrementan, a partir del 3/1/2012, los mínimos de graduación de las sanciones por incumplimiento a los deberes formales de los diferentes impuestos, cuya recaudación está a cargo de la Dirección General de Rentas.

RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas La Pampa) 44/2011 BO (La Pampa): 13/01/2012


LA PAMPA. PROCEDIMIENTO. INFRACCIONES A LOS DEBERES FORMALES. VALORES MÍNIMOS ABSOLUTOS. INCREMENTO

Se incrementan, a partir del 3/1/2012, los valores mínimos absolutos de graduación de las multas por infracciones a los deberes formales por parte de los contribuyentes y/o responsables.

RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas La Pampa) 45/2011 BO (La Pampa): 13/01/2012


LA PAMPA. INGRESOS BRUTOS. CALENDARIO 2012. CONTRIBUYENTES DIRECTOS Y DE CONVENIO MULTILATERAL

Se establecen las fechas de vencimiento de los anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al ejercicio 2012, aplicables a los contribuyentes directos.
Asimismo, se fija el 30/3/2012 como vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual 2011 de los citados contribuyentes.
Se destaca que los vencimientos para los contribuyentes que tributan bajo el régimen de Convenio Multilateral, tanto de los anticipos mensuales como de la declaración jurada anual, son los dispuestos por la resolución general (CA) 6/2011, para el período fiscal 2012.

RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas La Pampa) 47/2011 BO (La Pampa): 13/01/2012


VENCIMIENTOS

Principales vencimientos que operan en la semana del 30/01 al 03/02

LUNES 30
GANANCIAS - Precios de transferencia | DDJJ informativa (F.969: cierre: 8/2011) | Term./CUIT: 2-3
Monotributo | DDJJ Informativa - 3° cuatrimestre 2011 | Term./CUIT: 6-7
IVA. Regímenes de Pago a cuenta. Compraventa, matanza y faenamiento de ganado porcino | Período: 1/1/2012 al 25/1/2012 | Term./CUIT: Todos

MARTES 31
GANANCIAS - Precios de transferencia | DDJJ informativa (F.969: cierre: 8/2011) | Term./CUIT: 4-5
Monotributo | DDJJ Informativa - 3° cuatrimestre 2011 | Term./CUIT: 8-9
CITI Escribanos | DDJJ- Diciembre/2011 | Term./CUIT: Todos

MIÉRCOLES 01
GANANCIAS - Precios de transferencia | DDJJ informativa (F.969: cierre: 8/2011) | Term./CUIT: 6-7

JUEVES 02
GANANCIAS - Precios de transferencia | DDJJ informativa (F.969: cierre: 8/2011) | Term./CUIT: 8-9

VIERNES 03
Autónomos | Enero/2011 | Term./CUIT: 0-1
GANANCIAS - Precios de transferencia | DDJJ complement. (F. 741 - 1er. semestre y F. 742: Cierre: 03/2012; F. 867: Cierre: 07/2011 y F. 743: cierre: 06/2011 ) | Term./CUIT: 0-1
GANANCIAS - Precios de transferencia | Informe y EECC: cierre 6/2011 | Term./CUIT: 0-1
Impuesto sobre los Débitos y Créditos en las Transacciones Financieras. Ingreso semanal | Período: 23/1/2012 al 31/1/2012 | Term./CUIT: Todos
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miércoles, 25 de enero de 2012

Novedades Legislativas 25/01/2012

Novedades del Sistema

Aplicativos:

- Seguridad Social - SICOSS. Versión 35.0 Release 1.

- CABA Agentes de Recaudación de Ingresos Brutos -
ARCIBA. Actualización de Alícuotas y Vencimientos año 2012

- Sistema Informático de Contribuyentes Locales (SICOL).
Actualizador de tablas 2012- Ingresos Brutos Mensual Pcia Bs. As. Versión 2.0 Release 18


Novedades Legislativas

Nacionales

Res. MTE y SS 3/11*
Seguro de capacitación y empleo. Dto. 336/06. Extensión de la cobertura a trabajadores del Programa de Empleo Comunitario....

Res. MTE y SS 75/12
Programas de empleo. Discapacitados. Programa promover la igualdad de oportunidades de empleo. Res. M.T.E. y S.S. 124/11. Acciones en ejecución. Traspaso de programa. Prórroga....
Res. SServSalud 4/12
Obras sociales. Dase de baja del Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la atención médica de jubilados y pensionados a la Obra Social de Técnicos de Vuelo de Líneas Aéreas....

Res. ST 10/11*
Médicos. Instituciones de diagnóstico médico y tratamiento. Actividad privada. C.A.B.A. Conv. Colect. de Trab. 635/11. Tope 665/11. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/7/11, 1/1/12, 1/4/12 y 1/7/12....

Res. ST 1116/11
Mecánicos. SMATA. Asociación de Estaciones de Servicios del Sur (ADESS). Provincia de Buenos Aires y zona sur del país. Conv. Colect. de Trab. 79/89. Tope 462/11. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/7/11....

Res. ST 1386/11
Servicios fúnebres y salas velatorias. Empresas de servicios fúnebres. Conv. Colect. de Trab. 534/08. Tope 539/11. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/7/11....

Res. ST 1398/11
Pasteleros. Rama: alfajorera y postres industrializados. Conv. Colect. de Trab. 344/02. Tope 541/11. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/7/11 y 1/2/12....

Res. ST 1399/11
Gráficos. Editoriales y actividades afines. Capital Federal y provincia de Buenos Aires. Conv. Colect. de Trab. 60/89. Tope 542/11. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/5/11, 1/9/11 y 1/1/12....

Res. ST 1401/11
Tintoreros, sombrereros y lavaderos. Indumentaria y afines. Fabricación de sombreros y prendas de naturaleza afín. Conv. Colect. de Trab. 558/09. Tope 540/11. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/3/11 y 1/7/11....

Res. ST 1662/11
Molineros. Molinos harineros y nutrición animal. Alimentos balanceados. Conv. Colect. de Trab. 66/89. Tope 615/11. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/7/11....

Res. ST 3/11*
Peleteros. Conv. Colect. de Trab. 512/07. Tope 654/11. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/4/11, 1/8/11 y 1/12/11....

Res. ST 9/11*
Hipódromos y Agencias Hípicas. Buenos Aires y San Isidro. Agencias Hípicas provinciales y nacionales. Conv. Colect. de Trab. 598/10. Tope 666/11. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/7/11, 1/1/12 y 1/7/12....

Res. STur 6/12
Impuesto sobre el valor de los pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares de pasajeros. Calendario de depósito y de presentación de las certificaciones contables trimestrales para el año 2012....


Jurisprudencia

Jurisprudencia J4872
Contrato de trabajo. Despido indirecto. Intermediación laboral. Art. 29, L.C.T. Negativa de la relación de trabajo. Justificación del despido decidido por la trabajadora. Extensión de la condena solidaria entre ambas codemandadas. Procedencia. Multa laboral. Chebuck María Gabriela c/Teleservicios y Marketing S.A., C.N.A.T., Sala X....

Jurisprudencia J4873
Contrato de trabajo. Despido injustificado. Personal jerárquico. Gerente general. Manipulación de ventas para acceder a un premio remunerativo. Daño moral. Conjunto económico. Empresa extranjera integrante de la accionada. Cálculo de la indemnización por despido. Art. 245, L.C.T. Bonus. interpretación del Plenario Tulosai. Serventi Juan José c/Telecom Personal S.A., C.N.A.T., Sala VII....

Jurisprudencia J4874
Contrato de trabajo. Despido. Interés del trabajador de continuar observando el contrato de trabajo luego de más de veinte años de relación. Decisión de despido apresurada e injustificada. Improcedencia del despido. Ejercicio abusivo del ius variandi. Nenezián Ricardo Daniel c/Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia Hospital Francés, C.N.A.T., Sala VIII....

Jurisprudencia J4875
Contrato de trabajo. Renuncia bajo amenaza de denuncia penal por desaparición de documentación. Nulidad. Estado de gravidez. Presión sufrida que significó violencia moral sobre su persona. El despido no obedeció a razones de embarazo. Ucin Eliana Betina c/Timistit y Asociados S.H., C.N.A.T., Sala VIII....

Fuente: www.triviasp.com.ar
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Respuestas a Inquietudes en Materia Laboral

SEGURO COLECTIVO DE VIDA OBLIGATORIO DEL DECRETO 1567/1974. TRABAJADORES EXCLUIDOS
¿Qué trabajadores quedan excluidos de la cobertura del Seguro de Vida Obligatorio del decreto 1567/1974?
Quedan excluidos de esta cobertura:
a) Los trabajadores rurales permanentes amparados por la ley 16600 (Seguro de vida obligatorio para trabajadores rurales permanentes) y
b) Los trabajadores contratados por un término menor a un mes.

TRABAJO AGRARIO. PERSONAL PERMANENTE DE PRESTACIÓN CONTINUA. LICENCIA POR PATERNIDAD. EXTENSIÓN
¿Cuál es la duración de la licencia por paternidad en la nuevo Régimen de Trabajo Agrario -L. 26727-?
La ley establece para el personal permanente de prestación continua una licencia con goce de haberes de treinta días corridos por paternidad, la que podrá ser utilizada por el trabajador de manera ininterrumpida entre los cuarenta y cinco días anteriores a la fecha presunta de parto y los doce meses posteriores al nacimiento.

ENFERMEDAD INCULPABLE. ACCIDENTE DEPORTIVO. LICENCIA PAGA. PROCEDENCIA. FUNDAMENTO
Un empleado que trabaja medio día como encargado de un edificio y después se desempeña como jugador de fútbol en una liga tuvo una lesión de ligamentos en la rodilla y debe ser intervenido quirúrgicamente. La lesión se produjo jugando al fútbol. Durante el tiempo que demanda la operación y la recuperación, ¿debe cobrar sueldo como encargado?
Sí. Se trata en el caso de un accidente inculpable, por lo tanto, el trabajador tiene derecho a cobrar el salario durante los plazos previstos en el artículo 208 de la ley de contrato de trabajo. Si a la finalización de los plazos previstos no puede reintegrarse, comienza el período de reserva del puesto sin remuneración (art. 211, LCT).

PASANTÍAS EDUCATIVAS LEY 26427. PASANTE EMBARAZADA. TRATAMIENTO LEGAL
¿Qué tratamiento recibe una mujer contratada como pasante bajo la ley 26427 frente a una situación de embarazo?
Los acuerdos individuales no podrán rescindirse por causa de maternidad.
Las pasantías de las alumnas se suspenderán en el período comprendido entre los 45 días anteriores al parto y hasta 45 días posteriores al mismo. Durante dicho período no percibirá la asignación estímulo del empleador, mas tendrá garantizada su reincorporación a la pasantía una vez cumplidos los plazos antedichos.

VACACIONES. TRABAJADOR DE MEDIA JORNADA QUE PASA A DESEMPEÑARSE A JORNADA COMPLETA. RETRIBUCIÓN. CÁLCULO
Para un trabajador que inició su relación laboral trabajando a tiempo parcial y al cabo de diez (10) años comienza a trabajar a jornada completa, a los efectos de calcular la retribución vacacional, ¿qué tipo de jornada se debe considerar?
Se debe considerar una antigüedad de diez (10) años sin importar la extensión de la jornada en que se haya desarrollado durante dicho lapso. Como en la actualidad se desempeña a tiempo completo, gozará de las vacaciones con la extensión señalada y se computará la remuneración que perciba al momento de su otorgamiento.

Fuente: www.errepar.com.ar
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Legislación Impositiva Destacada

SANTA CRUZ. INGRESOS BRUTOS. SELLOS. CALENDARIO DE VENCIMIENTOS 2012

La Secretaría de Ingresos Públicos fija las fechas de vencimientos para el cumplimiento de las obligaciones correspondientes al período fiscal 2012.
Asimismo, se establece el 30/6/2012 como fecha de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al ejercicio fiscal 2011.
Además, si las fechas establecidas por la presente disposición resultan día no laborable para la Provincia o para las entidades bancarias, el vencimiento se producirá el primer día hábil posterior a la fecha adoptada.

DISPOSICIÓN (Sec. Ingresos Públicos Santa Cruz) 3/2012 BO (Santa Cruz): 20/01/2012


SANTA CRUZ. PROCEDIMIENTO. TASAS DE INTERÉS RESARCITORIO Y PUNITORIO. APLICABLE A PARTIR DEL 1/2/2012

Se fija en 3% la tasa de interés resarcitorio y en 4,5% la tasa de interés punitorio, las que se aplicarán a partir del 1/2/2012.

DISPOSICIÓN (Sec. Ingresos Públicos Santa Cruz) 2/2012 BO (Santa Cruz): 20/01/2012


GANANCIAS. RETENCIÓN AL PERSONAL EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA

Los mínimos a considerar para las deducciones correspondientes al período fiscal 2012 son los que fueron establecidos por la reciente ley 26731, más allá de que aún no fueran modificados en el Anexo de la resolución general (AFIP) 2437. Para el caso del mes de enero, los valores son: mínimo no imponible: $ 1.080; cónyuge: $ 1.200; hijos: $ 600; otras cargas: $ 450 y deducción especial: $ 5.184. Los mismos surgen de calcular la doceava parte de los importes establecidos por la citada ley.

Fuente: www.errepar.com

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Legislación en Materia Contable y Administrativa Destacada

LEGISLACIÓN SALTA. INTRODUCCIÓN DEL MODELO DE REVALUACIÓN DE BIENES DE USO EXCEPTO ACTIVOS BIOLÓGICOS. RESOLUCIÓN TÉCNICA (FACPCE) 31/2011. SU ADOPCIÓN

Se adoptan las disposiciones relativas a la introducción del modelo de revaluación de bienes de uso excepto activos biológicos, establecidas por la resolución técnica (FACPCE) 31/2011, resultando de aplicación para los estados contables correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2012, inclusive, permitiéndose su aplicación anticipada.

RESOLUCIÓN (Consejo Profesional de Ciencias Económicas Salta) 2012/2011


OTRAS NOVEDADES

CONTROL INTERNO BASADO EN PRINCIPIOS

El Committee of Sponsoring Organizations of the Treadway Commission (COSO) emitió el pasado 19 de diciembre de 2011, para su discusión pública, la propuesta de actualización de su bien conocido documento Control Interno - Estructura Conceptual Integrada.
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Legislación Laboral y Previsional Destacada

INFORME DE PROGRAMAS DE FOMENTO DE EMPLEO. PROGRAMA PROMOVER LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DE EMPLEO. ACCIONES EN EJECUCIÓN. TRASPASO DE PROGRAMA. PRÓRROGA

Se prorrogan por cuatro meses, a partir del 1 de enero de 2012, los proyectos del Componente Trabajadores con Discapacidad del Programa de Empleo Comunitario que se encuentren en ejecución en el marco del Programa Promover la Igualdad de Oportunidades de Empleo, creado por la resolución (MTESS) 124/2011.
Durante dicho plazo, los Organismos Ejecutores deberán asesorar y reorientar a los participantes de sus proyectos que no cumplan con los requisitos establecidos por los artículos 2 (Destinatarios) y 4 (Actividades Asociativas de Interés Comunitario) de la resolución (MTESS) 124/2011, hacia el Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo o al Seguro de Capacitación y Empleo, de acuerdo con su edad y con su grado de escolaridad.
Recordamos que el citado Programa tiene por objeto asistir a trabajadoras y trabajadores desocupados y con discapacidad en el desarrollo de su proyecto ocupacional, a través de su inclusión en actividades que les permitan mejorar sus competencias, habilidades y destrezas laborales, insertarse en empleos de calidad y desarrollar emprendimientos independientes.

RESOLUCIÓN (Min. Trabajo, Empleo y Seguridad Social) 75/2012 BO: 25/01/2012
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martes, 24 de enero de 2012

Novedades Legislativas 24/01/2012

Nacionales

Res. APE 427/12
Prestaciones médicas. Discapacitados. Programa de cobertura de Sistema Único de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad. Res. 24.100/11. Su adecuación....

Res. MTE y SS 15/12
Micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs). Régimen de crédito fiscal destinado a promover la inclusión social a través de la aprobación de proyectos presentados por empresas o talleres protegidos de producción....

Res. ST 515/11
Luz y Fuerza. Energía eléctrica. Obreros, técnicos y administrativos. Buenos Aires. Conv. Colect. de Trab. 36/75. Tope 238/11. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/1/11....

Res. ST 516/11
Enseñanza privada. Empleados y obreros no docentes. Capital Federal y partidos de la provincia de Buenos Aires. Conv. Colect. de Trab. 88/90. Tope 239/11. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/3/11, 1/5/11 y 1/7/11....


Provinciales

Disp. SIP (Santa Cruz) 3/12
Provincia de Santa Cruz. Calendario de vencimientos ejercicio fiscal 2012. Impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos....

Res. Gral. ATP (Chaco) 1722/12
Provincia del Chaco. Impuesto de sellos. Transferencia, compraventa o permuta de automotores. Base imponible a partir del 23/1/12....

Res. Gral. DGR (Mendoza) 6/12
Provincia de Mendoza. Fondo Provincial Educativo. Impuesto solidario educativo. Agentes de percepción. Su creación. Se incorporan al Sistema de Control Especial (SCE). Res. Grales. D.G.R. 38/11 y 52/11. Su derogación....
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Beneficio de reducción en contribuciones patronales

Régimen especial de regularización del empleo no registrado y promoción y protección del trabajo.
El día 30 de diciembre, fue publicado en el Boletín Oficial, el Decreto (PEN) 298/2011, mediante el cual se prorrogó desde 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012, el beneficio de reducción en contribuciones patronales establecido para la contratación de nuevos trabajadores.
Desde diciembre de 2008, los empleadores del sector privado -inscriptos como tales en la AFIP- pueden acceder a la ventaja de disminuir en las contribuciones patronales previsto en el Capítulo II del Título II "Régimen especial de regularización del empleo no registrado y promoción y protección del empleo registrado" de la Ley 26.476.
El beneficio consiste en la reducción del monto de contribuciones patronales con destino a la Seguridad Social por un período de hasta 24 meses respecto de nuevos trabajadores contratados.
Dicha reducción, no alcanza las correspondientes al Sistema de Seguro de Salud previstas en las Leyes 23.660 y 23.661 (Obras Sociales y Fondo Solidario de Redistribución -ex ANSSAL-) y sus respectivas modificaciones, ni a las cuotas destinadas a las administradoras de riesgos del trabajo (ART).
Consiste en que durante los primeros 12 meses sólo se ingresa el 50% de las contribuciones y por los segundos 12 meses se paga el 75% de las mismas.
A partir de la extensión mencionada, los empleadores podrán continuar usufructuando o comenzar a utilizar tal beneficio por todas las incorporaciones a efectuar durante el año 2012, excepto para los siguientes trabajadores:
a) Los que hubieren sido declarados en el régimen general de la Seguridad Social y luego de concluida la relación laboral, cualquiera fuese la causa, fueren reincorporados por el mismo empleador dentro de los 12 meses, contados a partir de la fecha de desvinculación.
b) El nuevo dependiente contratado dentro de los 12 meses contados a partir del despido sin justa causa de un trabajador que hubiere estado comprendido en el régimen general de la seguridad social.
Asimismo, se requiere como condición para acceder al beneficio que la AFIP no detecte personal no registrado por períodos previos a la fecha en que ley tenga efecto, o posteriores y hasta 2 años de finalizada la vigencia del régimen de promoción, situación que deberá ser analizada en profundidad a efectos de no perder el beneficio.
Por otra parte, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley 26.476, los empleadores mantendrán los beneficios en tanto no disminuyan la plantilla de trabajadores durante los 2 años posteriores a la finalización del régimen de beneficios establecidos en la ley.
La prórroga aún debe ser complementada por el dictado de una resolución del Ministerio de Trabajo, que establezca la plantilla de empleados a mantener.
Por lo expuesto, el presente régimen de reducción de carga previsional continúa vigente y puede implicar un ahorro significativo en los resultados económicos de las empresas.

Fuente: http://bit.ly/xUcC7w iprofesional.com
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Estatutos, Convenios y Escalas Salariales. - Programa de Empleo Comunitario

ESTATUTOS, CONVENIOS Y ESCALAS. MÉDICOS. EMERGENCIAS MÉDICAS, CCT 559/2009. ACUERDO DE RECOMPOSICIÓN SALARIAL. HOMOLOGACIÓN

Se declara homologado el Acuerdo y Anexo celebrados en el marco del convenio colectivo de trabajo 559/2009.
El presente Acuerdo conviene una recomposición salarial y la actualización de distintos adicionales para el personal comprendido en el CCT 559/2009, con vigencia a partir del 1/10/2011 hasta el 31/8/2012.

RESOLUCIÓN (Sec. Trabajo) 38/2012


ESTATUTOS, CONVENIOS Y ESCALAS. PLÁSTICOS. OBREROS Y EMPLEADOS, CCT 419/2005. ACUERDO DE RECOMPOSICIÓN SALARIAL. HOMOLOGACIÓN

Se declara homologado el Acuerdo celebrado en el marco del convenio colectivo de trabajo 419/2005.
Bajo dicho Acuerdo, se conviene el pago de un adicional no remunerativo de $ 1.250, por única vez, que se pagará en 3 cuotas consecutivas y mensuales, a partir de enero de 2012.

RESOLUCIÓN (Sec. Trabajo) 3/2012


ESTATUTOS, CONVENIOS Y ESCALAS. FRUTAS Y HORTALIZAS. EMPAQUE DE FRUTAS SECAS Y HORTALIZAS. REGIÓN DE CUYO, CCT 320/1999. ACUERDO DE RECOMPOSICIÓN SALARIAL. HOMOLOGACIÓN

Se declara homologado el Acuerdo celebrado en el marco del convenio colectivo de trabajo 320/1999.
El citado Acuerdo, establece un incremento salarial del 24%, que se abonará de la siguiente manera: a partir de mayo de 2011 un 15%; y a partir de octubre de 2011 un 9%, en ambos casos los incrementos se aplicarán sobre el básico del mes de abril de 2011.
Asimismo, a partir de enero de 2012 se conviene el pago de un adicional por única vez, fijo y no remunerativo, cuyo monto dependerá de cada categoría laboral, y se abonará en 4 cuotas iguales, mensuales y consecutivas de enero a abril de 2012 inclusive.

RESOLUCIÓN (Sec. Trabajo) 37/2012


INFORME DE PROGRAMAS DE FOMENTO DE EMPLEO. PROGRAMA DE EMPLEO COMUNITARIO. PRÓRROGA

Se prorroga la vigencia del Programa de Empleo Comunitario desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012.
Recordamos que el citado Programa se propone brindar ocupación transitoria a trabajadoras/es desocupadas/os con baja calificación laboral a través de la ejecución de distintos tipos de actividades que tiendan a mejorar las condiciones de empleabilidad de los/as beneficiarios/as o la calidad de vida de la población de la comunidad a la que pertenecen. Es así que se contemplan, como líneas de acción de los proyectos, la prestación de servicios, las actividades ligadas a la construcción, las actividades productivas, las actividades rurales, la terminalidad educativa y la capacitación laboral.
Además, este Programa incluye un componente destinado a atender, en particular, a trabajadores desocupados con discapacidad.

RESOLUCIÓN (Min. Trabajo, Empleo y Seguridad Social) 3/2011 BO: 24/01/2012
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Legislación Laboral y Previsional Destacada

REGÍMENES ESPECIALES. RÉGIMEN DE CRÉDITO FISCAL PARA PROMOVER LA INCLUSIÓN SOCIAL, LA CALIDAD EN EL EMPLEO Y LA MEJORA DE LAS TRAYECTORIAS LABORALES DE TRABAJADORES DESOCUPADOS Y OCUPADOS. AÑO 2012

Se establecen nuevas disposiciones que regulan el Régimen de Crédito Fiscal del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
El citado régimen tiene por objeto contribuir a que las empresas y/o talleres protegidos de producción fortalezcan las competencias laborales de su personal operativo y/o que trabajadores desocupados tengan la oportunidad de fortalecer sus calificaciones laborales.
La instrumentación del régimen será a través de la solicitud de certificados de crédito fiscal sobre la base de los gastos previstos en el proyecto. Estos certificados podrán ser aplicados para cancelar obligaciones de los impuestos a las ganancias, ganancia mínima presunta, valor agregado o impuestos internos.
Señalamos que la Secretaría de Empleo será la encargada de reglamentar la operatoria del presente régimen y brindará asistencia técnica a las empresas interesadas en la elaboración y ejecución de los proyectos.

RESOLUCIÓN (Min. Trabajo, Empleo y Seguridad Social) 15/2012 BO: 24/01/2012


BUENOS AIRES. PROCEDIMIENTO. LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. PRESENTACIÓN DE ESCRITO. PLAZO DE GRACIA. REGLAMENTACIÓN

Se establece que el plazo de gracia de cuatro horas -dispuesto en el art. 69 de la L. (Bs. As.) 7647-, regirá desde las 8:30 y hasta las 12:30 del día hábil administrativo inmediato siguiente posterior a aquel en el cual opere el vencimiento para la presentación de un escrito.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires Bs. As.) 69/2011
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