miércoles, 29 de febrero de 2012

Pago Electrónico SIRCAR

 

La Comisión Arbitral aprueba, a partir del 1° de marzo, el Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos destinado a los agentes de retención y percepción.


Se aprueba el "Pago Electrónico SIRCAR", el que será de carácter optativo para los agentes de retención y percepción incorporados al Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación (SIRCAR), a través del servicio "Pagos BtoB". El pago se materializará a través de la emisión de una boleta de pago electrónico que se confeccionará a través del Sistema SIRCAR desde el respectivo sitio y la cancelación se materializa en el sito de Interbanking SA.

Dicho pago se considerará efectuado en término cuando la fecha y horario consignado en el comprobante acredite haberse realizado antes de la finalización de la fecha de vencimiento general de la obligación fijado en el respectivo cronograma.

En caso de inoperatividad del sistema el pago deberá materializarse por ventanilla en la Sucursal 53 del banco Ciudad de Buenos Aires.


Vigencia: a partir del 1° de marzo de 2012.

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