miércoles, 26 de septiembre de 2012

Recibos de sueldo electrónicos y digitales

Recibos de sueldo electrónicos y digitales
Se informan los requisitos para la emisión de recibos de pago por otros medios en reemplazo del soporte papel

Por medio de la Res. MTEySS 1455/11 se autorizó a los empleadores a emitir recibos de pago de salarios y otras remuneraciones al personal dependiente a través de formas electrónicas o digitales en reemplazo del soporte de papel. Para ello se debe solicitar la autorización a la Secretaría de Trabajo y cumplir con los requisitos.

En esta oportunidad se designa a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo como autoridad para evaluar las solicitudes que se presenten y se precisan los requisitos a cumplir. Los empleadores que presenten la solicitud de emisión electrónica deben acompañar la constancia de inscripción como tal ante la AFIP y justificar su identidad en caso de personas físicas y la documentación de la constitución en el supuesto de personas jurídicas.

Para brindar la conformidad del trabajador deben utilizarse las formas que reglamentan la firma digital a través del Decreto 2628/02. Para ello el documento digital debe contar con dos campos: conforme y no conforme o similares.

El sistema a utilizar debe prever la posibilidad que el trabajador pueda acceder o guardar una copia de los archivos que contengan sus recibos digitales en un dispositivo de su exclusivo y excluyente dominio.

La Dirección de Normativa Laboral dependiente de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo de la Secretaría de Trabajo, será la responsable de coordinar la gestión y el seguimiento del trámite de las presentaciones que los empleadores efectúen.
Más información:
Res. ST 1362/12
Fuente: www.triviasp.com.ar

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