Novedades Legislativas |
Nacionales |
Acuerdo CCT 031012
Viajantes y corredores de comercio e industria. Sector comercio, servicios e industria. Conv. Colect. de Trab. 308/75. Acuerdo del 3/10/12. Modificaciones al convenio. Asignación no remunerativa en noviembre de 2012 y mayo de 2013. Aporte solidario.... |
Res. ST 1253/12
Navales. Tripulantes que enrolen en buques y artefactos navales, de pabellón nacional (CNA). Electricistas electronicistas navales. Conv. Colect. de Trab. 573/09. Acuerdo 1.026/12. Suma no remunerativa adicional por inflamable, gaseros, quimiqueros y costa afuera. Escala salarial a partir del 1/4/11, 1/7/11 y 1/11/11.... |
Res. ST 1281/12
Mecánicos y afines del transporte automotor de la República Argentina. Federación Argentina de Asociaciones y de Talleres de Reparación Automotores y Afines. Conv. Colect. de Trab. 27/88. Tope 462/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/7/12, 1/11/12 y 1/3/13.... |
Res. ST 1282/12
Panaderos. Provincia de Buenos Aires. Conv. Colect. de Trab. 231/94. Tope 464/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/10/11, 1/1/12, 1/3/12, 1/4/12, 1/7/12, 1/11/12 y 1/1/13.... |
Res. ST 1283/12
Ladrilleros. Fabricación de ladrillos a mano. Obreros. Conv. Colect. de Trab. 92/90. Tope 465/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 31/12/11.... |
Res. ST 1284/12
Tintoreros, sombrereros y lavaderos. Tintorerías y lavanderías industriales. Autoservicios de lavado. Tintorerías convencionales y rápidas. Receptorías de ropa nueva y usada. Conv. Colect. de Trab. 526/08. Tope 466/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/5/12, 1/7/12 y 1/10/12.... |
Res. ST 1303/12
Alimentación. Obreros y empleados. Conv. Colect. de Trab. 244/94. Acuerdo 1.038/12. Incremento de la contribución empresaria a partir del 1/7/12.... |
Provinciales |
Res. Gral. AGR (Catamarca) 62/12
Provincia de Catamarca. Régimen para agentes de retención y/o percepción del impuesto sobre los ingresos brutos. Su implementación. Res. Gral. A.G.R. 6/00. Texto ordenado.... |
Res. MH y F (Corrientes) 494/12
Provincia de Corrientes. Impuesto de sellos. Régimen de regularización de deudas al 31/7/12. Su prórroga....
Fuente: www.triviasp.com.ar
|
viernes, 5 de octubre de 2012
Novedades Legislativas 05/10/2012
jueves, 4 de octubre de 2012
Novedades Legislativas 04/10/2012
Novedades Legislativas |
Nacionales |
Com. BCRA "A" 5360
Circ. CONAU 1-994. Línea de créditos para la inversión productiva. Com. B.C.R.A. A 5.319. Informe del auditor externo.... |
Res. ST 1225/12
Sanidad. Institutos médicos sin internación. Provincia de Santa Fe. Conv. Colect. de Trab. 609/10. Tope 443/12. Se dejan sin efecto los importes con vigencia desde el 31/12/11 de la Res. S.T. 57/11. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones corrrespondientes a escala salarial a partir del 1/7/11, 1/8/11, 1/9/11, 1/10/11, 1/11/11 y 1/12/11.... |
Res. ST 1227/12
Sanidad. Clínicas, sanatorios e instituciones psiquiátricas de Santa Fe. Personal técnico, administrativo y obrero. Conv. Colect. de Trab. 476/06. Tope 432/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones corrrespondientes a escala salarial a partir del 1/8/11, 1/11/11 y 1/12/11. Se dejan sin efecto los importes de la Disp. D.N.R.T. 198/11.... |
Res. ST 1228/12
Joyerías, relojerías, bijouterías, fantasías y galvanoplásticos. Conv. Colect. de Trab. 533/08. Tope 433/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/5/12, 1/9/12 y 1/1/13.... |
Res. ST 1233/12
Panaderos. Provincia de Santa fé. Conv. Colect. de Trab. 519/07. Tope 437/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/1/12 y 1/7/12.... |
Res. ST 1235/12
Minerales y materiales afines. Cal, piedra y afines. Conv. Colect. de Trab. 36/89. Tope 441/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/1/12 y 1/4/12.... |
Res. ST 1279/12
Publicidad. Agencias. Conv. Colect. de Trab. 57/89. Tope 461/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/10/11 y 1/3/12.... |
Res. ST 1285/12
Telecomunicaciones. Cooperativas telefónicas. Conv. Colect. de Trab. 296/97. Tope 467/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/1/11 y 1/7/11.... |
Res. ST 1286/12
Vigilancia, seguridad comercial e industrial, investigadores privados y custodios de valores. Conv. Colect. de Trab. 507/07. Tope 468/12. Topes indemnizatorios y promedio de remuneraciones correspondientes a escala salarial a partir del 1/7/12.... |
Provinciales |
Dto. (Santiago del Estero) 1747/12
Provincia de Santiago del Estero. Impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos. Actividad primaria. Exenciones. Dtos. 1.092/08 y 179/09. Su derogación.... |
Res. DPR (Neuquén) 484/12
Provincia de Neuquén. Impuesto sobre los ingresos brutos. Régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias - SIRCREB. Res. D.P.R. 376/02, 406/02, 176/09 y 386/10. Su derogación.... |
Res. Gral. DPIP (San Luis) 26/12
Provincia de San Luis. Ley Impositiva 2012, 254/12. Beneficios de alícuota bonificada y reducida para buen contribuyente.... |
Res. Gral. DPIP (San Luis) 27/12
Provincia de San Luis. Fomento fiscal y reimplantación del sistema de regularización tributaria. Res. Gral. D.P.I.P. 5/12. Su modificación.... |
Res. MH (GCBA) 1435/12
Ciudad de Buenos Aires. Plan de facilidades de pago en cuotas de carácter permanente para las contribuciones de alumbrado, barrido, limpieza y Ley 23.514; patentes sobre vehículos, publicidad, mejoras, uso y ocupación superficie, espacio aéreo y subsuelo de la vía pública, embarcaciones deportivas, abasto e ingresos brutos. Res. S.H. y F. 2.722/04. Su modificación....
Fuente: www.triviasp.com.ar
|
miércoles, 3 de octubre de 2012
Novedades Legislativas 03/10/2012
| ||||||||||||||||||||||
|
martes, 2 de octubre de 2012
Novedades Legislativas 02/10/2012
| ||||||||||||||||||||||||||
|
lunes, 1 de octubre de 2012
Formulario 960/NM - Data Fiscal
¿Qué es el Formulario 960/NM – Data Fiscal?
Es un formulario “interactivo” que le permite conocer el comportamiento fiscal de un comercio, al consumidor o público en general.
El consumidor podrá reportar las irregularidades que detecte en los comercios, por medio de dispositivos móviles de última generación (“smartphones” o similares) con acceso a Internet.
¿Quiénes deben exhibir el Formulario Nº 960/NM - “Data Fiscal”?
Los contribuyentes y/o responsables que en el ejercicio de su actividad con consumidores finales, se encuentran obligados a emitir facturas o documentos equivalentes, deberán exhibir el Formulario Nº 960/NM - “Data Fiscal”, en sus locales de venta, locación o prestación de servicios —incluyendo lugares descubiertos—, salas de espera, oficinas o áreas de recepción y demás ámbitos similares.
La solicitud de emisión del Formulario N° 960/NM se realizará por cada domicilio comercial, el que deberá estar declarado previamente en el Sistema Registral como local o establecimiento, excepto cuando el mismo corresponda al domicilio fiscal.
Las actualizaciones de domicilios deberán realizarse ingresando con “Clave Fiscal” al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario” “F. 420/D - Declaración de Domicilios” tipo de domicilio “Fiscal” o de “Locales o Establecimientos”.
¿Cómo obtener el Formulario 960/NM?
Deberá ingresar a la página institucional de esta Administración Federal, y acceder al Servicio Web “Formulario 960/NM – DATA FISCAL” por medio de su “Clave Fiscal”, la cual deberá tener como mínimo Nivel de Seguridad 2 o superior.
En caso de no poseer “Clave Fiscal”, la deberá obtener en la Dependencia donde Usted está inscripto. Lo invitamos a conocer el procedimiento para conseguir la misma, en el micrositio www.afip.gob.ar/cf .
Para acceder a la GUIA PASO A PASO: ¿Cómo solicitar el Formulario N° 960/NM – Data Fiscal?, ingrese aquí.
¿Qué información contiene el Formulario 960/NM – Data Fiscal?
Posee un link de ingreso a una Página Web que le exhibirá el resultado – en tiempo real – de controles sistémicos, que a título enunciativo se citan a continuación:
Si posee CUIT activa | ||
Que actividades realiza | ||
Si su domicilio fiscal esta correcto | ||
Su condición frente al IVA o al Monotributo | ||
Si están todas sus DD.JJ de IVA presentadas, de corresponder | ||
Su condición frente al Impuesto a las Ganancias | ||
Si están todas sus DD.JJ de Ganancias presentadas, de corresponder | ||
Si adeuda algún pago de Monotributo | ||
Si presentó la DD.JJ informativa del Monotributo |
Usted podrá requerir al Sistema Web antes de imprimir su/s Formulario/s 960/NM – DATA FISCAL -, y conocer el resultado de su propio cumplimiento fiscal.
¿Cuándo rige la obligación de exhibir el Formulario Nº 960/NM?
La obligación de exhibir el Formulario Nº 960/NM - “Data Fiscal” deberá cumplirse a partir del día del mes de octubre de 2012 que, de acuerdo con la terminación de la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del responsable, se fija a continuación:
Terminación de C.U.I.T | Día |
0 | 2 de octubre de 2012, inclusive |
1 | 4 de octubre de 2012, inclusive |
2 | 10 de octubre de 2012, inclusive |
3 | 12 de octubre de 2012, inclusive |
4 | 16 de octubre de 2012, inclusive |
5 | 18 de octubre de 2012, inclusive |
6 | 22 de octubre de 2012, inclusive |
7 | 24 de octubre de 2012, inclusive |
8 | 26 de octubre de 2012, inclusive |
9 | 31 de octubre de 2012, inclusive |
¿Dónde deben exhibir los comercios el Formulario 960 N/M – Data Fiscal?
El formulario tiene que ubicarse en un lugar visible y destacado a una distancia máxima de 1 metro a aquel en el que se realice el pago de la operación respectiva, de manera tal que permita capturar el código respuesta rápida (QR) impreso en el mismo. Quienes posean vidriera en el local o establecimiento deberán, además, exhibir dicho formulario contra el vidrio, en un lugar visible para el público desde el exterior del local o establecimiento, pudiendo el mismo ser de una dimensión de hasta tamaño A6.
Quienes posean vidriera en el local o establecimiento deberán, además, exhibir dicho formulario contra el vidrio, en un lugar visible para el público desde el exterior del local o establecimiento, pudiendo el mismo ser de una dimensión de hasta tamaño A6.
Cuando se utilicen máquinas registradoras —emisoras de tique o vales— o controladores fiscales, autorizadas u homologados, respectivamente por este Organismo, se cumplirá exhibiendo UN (1) Formulario Nº 960/NM – “Data Fiscal” por cada máquina o controlador fiscal instalado.
Fuente: www.afip.gob.ar
Novedades Legislativas 01/10/2012
| |||||||||||||||||||||||||||||
|
Suscribirse a:
Entradas (Atom)