| Procedimiento Fiscal. Régimen de información para empresas prestadoras de servicios de medicina prepaga Se establece, a partir del 1/4/2012, un régimen de información que deberán cumplir las empresas prestadoras de servicios de medicina prepaga suministrando información de sus afiliados/beneficiarios titulares. Entre sus principales características, señalamos: - La obligación de informar alcanza a aquellos planes contratados por cada titular con las citadas empresas, cuando el valor del plan supere el importe de $ 2.000 mensuales. - La información se suministrará en forma mensual, hasta el último día hábil del mes siguiente a aquel que corresponda informar, mediante transferencia electrónica de datos. Por último destacamos que los mencionados agentes de información deberán utilizarán el programa aplicativo denominado "AFIP-DGI-RÉGIMEN INFORMATIVO DE CUOTAS DE MEDICINA PREPAGA - Versión 1.0", que genera el formulario de declaración jurada 918. | | RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 3270 | | BO: 17/02/2012 | | | Entre Ríos. Procedimiento. Incumplimiento de los deberes formales. Graduación de multas | La Administradora Tributaria de Entre Ríos, establece la graduación de las multas por incumplimientos a los deberes formales por parte de los contribuyentes y/o responsables, las que serán aplicables a partir del 1/2/2012. | | RESOLUCIÓN (Administradora Tributaria Entre Ríos) 18/2012 | | BO (Entre Ríos): 15/02/2012 | | | Entre Ríos. Procedimiento. Pago de impuestos, tasas y derechos. Disposición en Cuenta Corriente Se dispone que los contribuyentes que paguen impuestos, tasas y/o derechos por medio del pago por correspondencia, lo deberán realizar mediante transferencia bancaria o depositar el importe en efectivo en la Cuenta Corriente de la Administradora Tributaria de Entre Ríos, debiendo enviar por correspondencia una copia de la transferencia bancaria o el depósito en efectivo, más la boleta del impuesto a pagar. Asimismo, se establece que aquellos contribuyentes que abonen impuestos, tasas y/o derechos por medio de cheques, deberán hacerse cargo de la comisión bancaria y del impuesto al valor agregado. | | RESOLUCIÓN (Administradora Tributaria Entre Ríos) 21/2012 | | BO (Entre Ríos): 16/02/2012 | | |
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