
La AFIP establece a partir del 1° de abril un nuevo régimen informativo aplicable a las empresas prestadoras de medicina prepaga.
Este nuevo régimen informativo estará a cargo de las empresas prestadoras de servicios de medicina prepaga quienes deberán suministrar información sus afiliados y los miembros incluidos en la prestación. Ello siempre que el valor del plan contratado supere los $ 2.000 mensuales, cualquiera fuese la modalidad de pago.
Dicha información deberá suministrarse en forma mensual, hasta el último día del mes siguiente a aquel que corresponda informar, mediante transferencia electrónica de datos y utilizando el aplicativo "AFIP–DGI - Régimen Informativo de Cuotas de Medicina Prepaga- Versión 1.0".
Vigencia: a partir del 1° de abril de 2012.
Más información:
| Res. Gral. AFIP 3270/12 |
Fuente: www.triviasp.com.ar
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