martes, 3 de enero de 2012

Legislación Provincial destacada

SANTA FE. CÓDIGO FISCAL. LEY IMPOSITIVA. MODIFICACIONES

Se introducen modificaciones al Código Fiscal vigente y a la ley impositiva. Entre las principales modificaciones destacamos:

Código Fiscal:
* Si como consecuencia de realizar compensaciones de impuestos resultare un saldo a favor del contribuyente o se comprobare la existencia de pagos o ingresos en exceso por parte de estos, y el importe fuera superior a $ 25.000, la decisión de su devolución se adoptará previa vista del Ministerio de Economía.
Ley impositiva:
* Con respecto al impuesto sobre los ingresos brutos y la deducción del derecho de registro e inspección se elimina la disposición que establecía que el crédito fiscal equivalente al mencionado derecho no podía exceder el 10% del impuesto sobre los ingresos brutos, ingresado al vencimiento del anticipo sobre el cual se efectuaba la deducción.

LEY (Poder Legislativo Santa Fe) 13226 BO (Santa Fe): 29/12/2011


CÓRDOBA. INGRESOS BRUTOS. REGÍMENES DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN. RÉGIMEN ESPECIAL PARA TITULARES Y/O ADMINISTRADORES DE PORTALES VIRTUALES

Se reglamenta el Régimen de Retención, Percepción y/o Recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos para titulares y/o administradores de portales virtuales, adecuando la normativa vigente.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (Dir. Gral. Rentas Cba.) 16/2011 BO (Córdoba): 30/12/2011


CÓRDOBA. SELLOS. PLAN DE FACILIDADES DE PAGOS. FORMALIDADES

Se establecen las formalidades que deben cumplimentar los contribuyentes y/o responsables del impuesto de sellos respecto del régimen de facilidades de pagos establecido en el decreto 2112/2011.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (Dir. Gral. Rentas Cba.) 13/2011 BO (Córdoba): 28/12/2011


CÓRDOBA. SELLOS. APLICATIVO. NUEVA VERSIÓN

Se establece que para las operaciones efectuadas desde el 1/3/2012 los sujetos obligados podrán excepcionalmente utilizar el aplicativo de sellos Versión 1.0 Release 20 Beta. Cabe destacar que dicho Release no deberá ser utilizado para declarar las retenciones, percepciones y/o recaudaciones que les corresponda realizar por el impuesto de sellos ni para efectuar el depósito de dichas operaciones.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (Dir. Gral. Rentas Cba.) 12/2011 BO (Córdoba): 14/12/2011


RÍO NEGRO. INGRESOS BRUTOS. RÉGIMEN DE PAGO A CUENTA PARA CENTROS TURÍSTICOS. MODIFICACIONES

Se introducen modificaciones al régimen de pago a cuenta para centros turísticos, dispuesto por la resolución (DGR Río Negro) 1980/2010, entre las que destacamos:- Se establece que, en el caso de que el contribuyente del impuesto posea un saldo a favor correspondiente al último período vencido, el mismo podrá ser utilizado contra el importe del pago a cuenta que corresponda ingresar.- Para el caso de bares, confiterías, cervecerías y similares, restaurantes, cantinas, pizzerías y en general quienes presten servicios de comidas elaboradas para consumo en el lugar, el importe del pago a cuenta a depositar será el 80% del monto calculado según los parámetros correspondientes.- Se disminuye el importe aplicable al servicio de hospedaje de 4 a 5 estrellas a $ 6, y el resto de las categorías a $ 3.- Cuando se trate de servicios de alojamiento en departamentos, casas, cabañas, "bungalows" y similares se deberá considerar como número de habitaciones habilitadas la cantidad de dormitorios de que dispone cada inmueble.

RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Río Negro) 1794/2011 BO (Río Negro): 08/12/2011


RÍO NEGRO. INGRESOS BRUTOS. RÉGIMEN DE PAGO A CUENTA PARA CENTROS TURÍSTICOS. SE DEJA SIN EFECTO DURANTE LA TEMPORADA DE VERANO PARA EL CENTRO TURÍSTICO DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

Como consecuencia de las cenizas emanadas del volcán Puyehue las cuales ha ocasionado serios inconvenientes en los servicios turísticos brindados en el San Carlos de Bariloche, la Dirección General de Rentas suspende durante la temporada de verano, la vigencia del Régimen de Pago a Cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos dispuesto por resolución (DGR Río Negro) 1980/2010.

RESOLUCIÓN (Dir. Gral. Rentas Río Negro) 1797/2011 BO (Río Negro): 12/12/2011


SAN JUAN. CÓDIGO FISCAL. MODIFICACIONES

Se establecen modificaciones al Código Fiscal Provincial. Entre las más importantes, destacamos:Se establecen precisiones respecto de la exención en el impuesto sobre los ingresos brutos para las actividades de producción primaria. Se redefine el régimen simplificado provincial, facultándose a la Dirección General de Rentas a prorrogar nuevamente la entrada en vigencia del régimen y dictar las normas reglamentarias.

LEY (Poder Legislativo San Juan) 8250 BO (San Juan): 20/12/2011


CORRIENTES. INGRESOS BRUTOS. SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE PERSONAS TRASPLANTADAS. BENEFICIOS IMPOSITIVOS. MODIFICACIÓN

Se fija en un 20% la deducción impositiva provincial en el impuesto sobre los ingresos brutos, la cual gozarán los empleadores que tengan o concedan empleo a personas trasplantadas. Recordamos que la citada deducción impositiva especial fue dispuesta en el marco del Sistema de Protección Integral de personas trasplantadas, dispuesto por ley (Corrientes) 6056.

LEY (Poder Legislativo Corrientes) 6097 BO (Corrientes): 22/12/2011
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