La AFIP dispone que a partir del 1° de abril deberán cumplir con nuevos requisitos para la emisión y registración de comprobantes.
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Se disponen los requisitos para la emisión y registración de comprobantes para los prestadores de servicios de comunicación audiovisual por suscripción a título oneroso, los que deberán detallar en la facturación que remitan a los prestatarios el detalle de los cargos que componen la facturación, modificándose a tales efectos la Res. Gral. 1415. Los comprobantes deberán tener precio del servicio: precio de la instalación, promoción y descuentos; precio de las bocas adicionales y terminales necesarias para la prestación del servicio. Los sujetos alcanzados por la presente normativa no quedan excluidos de las obligaciones dispuestas para la emisión y registración de comprobantes por vía electrónica. Vigencia: a partir del 1° de abril de 2012. | |||
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lunes, 6 de febrero de 2012
Importante - Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual
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