Se modifica el régimen de información de actividades sospechosas de financiación del terrorismo, incorporando la facultad de la Unidad de Información Financiera para disponer del congelamiento administrativo de activos vinculados a las acciones delictivas previstas en el artículo 306 del Código Penal. Asimismo, se introducen diversas modificaciones a la normativa con el objeto de adecuarla a las disposiciones relativas a la registración de sujetos obligados a informar y al reporte de operaciones sospechosas online, establecidas por las resoluciones (UIF) 50/2011 y 51/2011, respectivamente. | | RESOLUCIÓN (Unidad de Información Financiera) 28/2012 | | BO: 22/02/2012 | |
No hay comentarios:
Publicar un comentario