Vencimientos Laborales
Principales vencimientos que operan en la semana del 06/02 al 10/02/2012
lunes 06
Autónomos | Enero/2012 | Term./CUIT: 2-3
martes 07
Autónomos | Enero/2012 | Term./CUIT: 4-5
Empleadores "SICOSS" | DDJJ - Enero/2012 | Term./CUIT: 0-1
Miércoles 08
Empleadores "SICOSS" | DDJJ - Enero/2012 | Term./CUIT: 2-3
Autónomos | Enero/2012 | Term./CUIT: 6-7
jueves 09
Retenciones y Percepciones SICORE | 16/1/2012 al 31/1/2012: DDJJ e ingreso del saldo | Term./CUIT: 0-1-2-3
Empleadores "SICOSS" | DDJJ - Enero/2012 | Term./CUIT: 4-5
Autónomos | Enero/2012 | Term./CUIT: 8-9
viernes 10
Servicio doméstico | Obligatorios: Enero/2012 | Term./CUIT: Todos
Retenciones y Percepciones SICORE | 16/1/2012 al 31/1/2012: DDJJ e ingreso del saldo | Term./CUIT: 4-5-6
Empleadores "SICOSS" | DDJJ - Enero/2012 | Term./CUIT: 6-7
Inquietudes frecuentes
TRABAJADORES AUTÓNOMOS. OBTENCIÓN DE UN BENEFICIO PREVISIONAL. MODIFICACIÓN DE CATEGORÍA. OPORTUNIDAD
En caso de que un trabajador autónomo obtenga un beneficio previsional, ¿a partir de qué período debe modificar la categoría?
Los sujetos que soliciten un beneficio previsional, en el marco de la ley 24241 y sus modificaciones, y continúen desarrollando su actividad autónoma, deberán modificar su categoría de revista durante el mes en que realizaron el pedido de la prestación previsional.
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