viernes, 9 de marzo de 2012

Cuestiones Impositivas Destacadas

Legislación impositiva

Buenos Aires. Ingresos brutos. Agentes de recaudación. Bancos y entidades financieras. Procedimiento para presentar declaraciones juradas. Prórroga

Se prorroga el nuevo procedimiento que deberán observar los Bancos y Entidades Financieras obligadas a actuar como agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos, tanto de los regímenes generales como del régimen especial sobre créditos bancarios para cumplir con las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y efectuar los pagos que correspondan -RN (ARBA) 63/2011-.
El nuevo procedimiento será de aplicación respecto de las retenciones y percepciones provenientes de operaciones efectuadas a partir del 1/4/2012.
RESOLUCIÓN NORMATIVA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires Bs. As.) 5/2012

Buenos Aires. Centrales eléctricas. Ciudad de Campana. Exención de gravámenes. Reglamentación

Se establece el procedimiento que se deberá observar, a efectos de obtener el reconocimiento de las exenciones del impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos de la Central Eléctrica ubicada en la ciudad de Campana y a los proveedores por las obras y servicios necesarios para su construcción y desarrollo, y la Central Termoeléctrica Manuel Belgrano.
RESOLUCIÓN NORMATIVA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires Bs. As.) 6/2012
BO (Buenos Aires): 02/03/2012

Jujuy. Ingresos brutos. Nomenclador de actividades. Códigos de actividad. Modificación

Se modifica el nomenclador de actividades adecuándose los códigos y alícuotas referidos entre otros a servicios de esparcimiento, juegos de azar, apuestas, salones de entretenimientos, etc.
RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Prov. Rentas Jujuy) 1286/2012
BO (Jujuy): 07/03/2012
Recordar que...

Régimen de información de operaciones inmobiliarias. Presentación por el año calendario 2011

Conforme lo dispone la resolución general (AFIP) 2820 (BO: 5/5/2010), el 26 de marzo de 2012 vence el plazo para la presentación de la declaración jurada anual por el año calendario 2011, la cual quedará configurada por las operaciones referidas a inmuebles rurales, de alquiler o arrendamiento -incluidos los efectuados bajo la modalidad de "leasing"-, así como las "sublocaciones" y "subarriendos" -inc. b) del art. 2- y la cesión de derechos reales y/o cesiones o contratos que impliquen derechos de uso a cualquier título, oneroso o gratuito -excepto hipoteca y anticresis-, cualquiera sea la denominación, modalidad y/o forma de instrumentación - inc. f) del art. 2-.
Esta presentación también alcanza a los contratos de arrendamientos y aparcerías rurales y cualquier otro de similares características, con independencia de la instrumentación, modalidad o denominación que se le otorgue.
Señalamos que la presentación deberá cumplirse aun cuando en el período anual no existan operaciones a informar, consignando la novedad "SIN MOVIMIENTO".

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