miércoles, 8 de febrero de 2012

Legislación Laboral Destacada e Inquietudes Frecuentes

Recursos de la Seguridad Social. Promoción y protección del empleo registrado, ley 26476. Beneficio de reducción de contribuciones. Precisiones

Se establece una nueva plantilla de personal ocupado para los empleadores que, a partir del dictado de la presente resolución, utilicen los beneficios previstos en el Capítulo II del Título II de la ley 26476, que será la conformada por los trabajadores activos al 30 de noviembre de 2011.
Asimismo, el plazo de dos años establecido por el artículo 45 de la ley 26476 para el mantenimiento de los beneficios creados por esta ley debe computarse desde la finalización del régimen de beneficios, es decir, el 31 de diciembre de 2012.
Por último, el plazo de 12 meses citado en el artículo 19, incisos b) y c), rige respecto de las desvinculaciones que se produzcan a partir del 1 de diciembre de 2011.
RESOLUCIÓN (Min. Trabajo, Empleo y Seguridad Social) 95/2012 BO: 08/02/2012

Trabajo y Previsión Social. Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Sistema de Descuentos a favor de terceras entidades. Medidas adicionales. Operatoria

Se adoptan medidas adicionales para que las terceras entidades que operan en el sistema de descuentos, luego de ingresar la novedad de cuotas de descuento originadas por servicios especiales, presenten ante la ANSeS, dentro de un plazo de 10 días hábiles administrativos, la documentación de respaldo del mencionado ingreso.
La presente norma entrará en vigencia a partir del 9 de febrero de 2012.
RESOLUCIÓN (Adm. Nac. Seguridad Social) 34/2012 BO: 08/02/2012

Trabajo y Previsión Social. Trabajo de Mujeres. Protección integral a las mujeres. Ley 26485. Provincia de Entre Ríos. Adhesión

 

Se adhiere la Provincia de Entre Ríos a la ley nacional 26485, la cual establece la Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
Recordamos que la citada ley castiga la violencia de género y establece que el Estado garantizará la eliminación de la discriminación a las mujeres; el derecho a una vida sin violencia; la remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres; y el acceso a la Justicia.
LEY (Poder Legislativo Entre Ríos) 10058 BO (Entre Ríos): 01/02/2012

Estatutos, Convenios y Escalas. Textiles. Obreros, CCT 500/2007. Acuerdo de recomposición salarial. Homologación

Se declaran homologados los dos Acuerdos y el nuevo texto ordenado del convenio colectivo de trabajo 500/2007.
El primer Acuerdo establece el pago de una asignación no remunerativa transitoria, con vigencia a partir del 1/12/2011, 1/1/2012, 1/2/2012 y 1/3/2012.
Asimismo, conviene nuevas escalas salariales con vigencia a partir del 1/2/2012 y 1/5/2012.
El segundo Acuerdo determina realizar modificaciones al convenio colectivo de trabajo 500/2007, entre las cuales destacamos las modificaciones de los artículos 33 (Licencias especiales) inciso e) y 23 (Premio a la asistencia, puntualidad y contracción al trabajo) inciso a), punto 1.
DISPOSICIÓN (Dir. Nac. Relaciones del Trabajo) 15/2012

Estatutos, Convenios y Escalas. Sanidad. Emergencias médicas, CCT 459/2006. Tope indemnizatorio. Determinación

Se fijan, a partir del 1/8/2011, 1/10/2011, 1/12/2011, 1/2/2012 y 1/1/2013, el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondientes al Acuerdo homologado por la resolución (ST) 1660/2011, suscripto entre la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA) y la Federación de Cámaras de Emergencias Médicas y Medicina Domiciliaria (FEM).
Asimismo, se deja sin efecto la disposición (DNRT) 245/2011.
RESOLUCIÓN (Sec. Trabajo) 45/2012

Estatutos, Convenios y Escalas. Sanidad. Geriátricos. Santa Fe. Segunda Circunscripción, CCT 468/2006. Tope indemnizatorio. Determinación

Se fijan, a partir del 1/8/2011 y 1/12/2011, el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondientes al Acuerdo homologado por la resolución (ST) 1372/2011, suscriptos entre la Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina de Rosario y la Asociación de Prestadores de Geriatría de la Provincia de Santa Fe.
RESOLUCIÓN (Sec. Trabajo) 54/2012

 

INQUIETUDES FRECUENTES

 

RÉGIMEN DE TRABAJO AGRARIO -L. 26727-. JORNADA DE TRABAJO. HORAS EXTRAORDINARIAS. LÍMITE


¿Cuál es el número máximo de horas extraordinarias en el nuevo Régimen de Trabajo Agrario?

El número máximo de horas extraordinarias queda establecido en 30 horas mensuales y 200 horas anuales, sin necesidad de autorización administrativa previa y sin perjuicio del debido respeto por las previsiones normativas relativas a jornada, pausas y descansos.

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