| Estatutos, Convenios y Escalas. Comercio. Personal cerealero, CCT 130/1975. Acuerdo de recomposición salarial. Homologación Se declaran homologados el Acuerdo y sus escalas salariales celebradas en el marco del convenio colectivo de trabajo 130/1975. Bajo dicho Acuerdo, se conviene un incremento salarial del 30% en las escalas salariales para el personal cerealero, de carácter no remunerativo, que se abonará en forma no acumulativa, de la siguiente manera: 15% a partir de julio de 2011; 8% a partir de octubre de 2011; y 7% a partir de diciembre de 2011. Dicho incremento a partir del mes de junio de 2012 pasará a tener carácter remunerativo y se incorporará a los básicos de las escalas salariales de la actividad. | | RESOLUCIÓN (Sec. Trabajo) 140/2012 | | | Estatutos, Convenios y Escalas. Entidades Deportivas y Civiles. Mutualidades, CCT 496/2007. Adecuaciones Se declara homologado el Acuerdo celebrado en el marco del convenio colectivo de trabajo 496/2007. El presente Acuerdo establece la modificación del artículo 9 (Adicionales), incisos a) (Antigüedad) y c) (Zona desfavorable). Asimismo, se adicionan nuevas categorías laborales. Por último, se extiende por dos años a partir del 5/10/2011, la vigencia de la totalidad de las cláusulas del convenio incluida la contribución del artículo 51 del CCT 496/2007. | | RESOLUCIÓN (Sec. Trabajo) 143/2012 | | | |
| OBRA SOCIAL. ESTADO DE EXCEDENCIA. COBERTURA. REQUISITOS Durante el período de excedencia la trabajadora, ¿tiene cobertura de obra social? La trabajadora que finalizada la licencia por maternidad opte por quedar en situación de excedencia, podrá por mantener su calidad de beneficiaria durante el período de la misma, cumpliendo con las obligaciones del aporte a su cargo y de la contribución a cargo del empleador. |
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