jueves, 22 de marzo de 2012

Iniciativa de Seguridad en Tránsito Aduanero (ISTA)


La Resolución General 3278, relacionada a la Iniciativa de Seguridad en Tránsito Aduanero (ISTA), modifica la Resolución General 2889. A continuación se transcriben los principales puntos:

* El traslado o tránsito de mercaderías que arriben por vía aérea al Territorio Aduanero (desde aeropuertos internacionales hasta su recepción en un Depósito Fiscal, atravesando la Zona Secundaria Aduanera) se registrará con carácter obligatorio mediante la presentación de una Declaración Sumaria del tipo TLAT/TLMD o de una Declaración Simplificada del tipo TRAM respectivamente, según se encuentre o no el Depósito Fiscal de destino dentro de la misma jurisdicción aduanera. A este efecto, se considera como única jurisdicción aduanera a la Dirección Aduana de Buenos Aires y a la Dirección de Aduana de Ezeiza.

* Estas declaraciones se encontrarán alcanzadas por lo establecido en los artículos 3º y 4º de la Resolución General 2889.

* Se sustituyen los Anexos I y II de la Resolución General 2889, por las aprobadas en la Resolución General 3278.

Vigencia: Las disposiciones establecidas en la presente Resolución General entrarán en vigencia el día 1º de Marzo de 2012 y sus disposiciones tendrán efecto a partir de la fecha en que se encuentren operativos los correspondientes aplicativos en los sistemas informáticos de AFIP, de los prestadores y en la interfaz común, la cual será comunicada por este organismo a través de su página web.

Fuente: www.afip.gov.ar

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