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Se amplía el universo de los sujetos obligados a utilizar el sistema de generación de declaraciones juradas vía internet.
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Le informamos que en el Boletín Oficial del día 08/08/2012 se ha publicado la Resolución General 3.357 a través de la cual se amplía el universo de los sujetos obligados a utilizar el sistema “Su Declaración”.
En tal sentido se establece que:
| El uso de dicho sistema informático resultará obligatorio para los empleadores que registren hasta VEINTICINCO (25) empleados, inclusive -antes 10-, en el período mensual que se declara. En el supuesto que incrementen sus nóminas hasta un máximo de CINCUENTA (50) trabajadores, inclusive -antes 20-, deberán continuar generando las referidas declaraciones juradas mediante el aludido sistema. | ||||
| La utilización del sistema "Su Declaración" será optativa para los empleadores que registren entre VEINTISEIS (26) -antes 11- y CINCUENTA (50) –antes 20- empleados. | ||||
Las disposiciones entrarán en vigencia a partir del día 08/08/2012 y serán de aplicación respecto de las presentaciones de declaraciones juradas (F. 931), originales o rectificativas, correspondientes a los períodos devengados agosto de 2012 y siguientes.
Fuente: www.afip.gob.ar
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