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Se modifica el art. 23 de la
Ordenanza Procesal de la Comisión Federal de Impuestos ampliando el
plazo establecido a quince días y, en segundo lugar se establece como
criterio interno de aplicación de la norma, que los plazos sean
intangibles, venciendo independientemente conforme a la localización de
cada jurisdicción y el tiempo de su notificación.
Vigencia: a partir del 19 de marzo de 2012, inclusive.
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