Convenio Multilateral. Agentes de recaudación. Aprobación del Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos "Pago Electrónico SIRCAR" a través del servicio "Pagos BtoB" que ofrece la red Interbanking SA Se aprueba, a partir del 1/3/2012, el Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos "Pago Electrónico SIRCAR" para los agentes de retención y percepción, a través del servicio "Pagos BtoB" que ofrece la red Interbanking SA. Mediante el citado Sistema, los agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos que se encuentren incluidos en el SIRCAR podrán realizar sus pagos con carácter optativo a través de la boleta de pago electrónico que se confeccionará en el sitio web www.sircar.gov.ar. Por último, señalamos que en caso de que el sistema no esté operativo, el agente de recaudación se encontrará obligado a realizar el pago en término de su obligación en la Sucursal 53 del Banco Ciudad de Buenos Aires. | RESOLUCIÓN GENERAL (Com. Arbitral Convenio Multilateral) 1/2012 | BO: 28/02/2012 | | | Buenos Aires (Ciudad). Ingresos brutos. Régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias. Contribuyentes de Convenio Multilateral. Alícuota general. Modificación Se incrementa a 2,50% la alícuota general, aplicable en el sistema de recaudación y control de acreditaciones bancarias "SIRCREB", para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan bajo el régimen general de Convenio Multilateral, y no tengan prevista una alícuota específica. Destacamos que la nueva alícuota resulta de aplicación a partir del 1/3/2012. | RESOLUCIÓN (Adm. Gubernamental de Ingresos Públicos Buenos Aires (Ciudad)) 115/2012 | | | Buenos Aires (Ciudad). Ingresos brutos. Régimen general de retención y percepción. Incorporación Se incorporan, a partir del 1/4/2012, nuevos agentes de recaudación al régimen general de retención y percepción, dispuesto por la resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 963/2011. | RESOLUCIÓN (Adm. Gubernamental de Ingresos Públicos Buenos Aires (Ciudad)) 116/2012 | | | Río Negro. Ingresos brutos. Bonificaciones por cumplimiento fiscal para el año 2012. Reglamentación Se establecen los requisitos que deberán cumplir los contribuyentes para gozar de las bonificaciones por cumplimiento fiscal para el año 2012, establecidas por la ley (Río Negro) 4725. | RESOLUCIÓN (Dir. Gral. Rentas Río Negro) 95/2012 | BO (Río Negro): 16/02/2012 | | | Río Negro. Zona de desastre y estado de emergencia económica y turística por erupción del volcán Puyehue. Beneficios tributarios. Prórroga Se prorrogan los beneficios tributarios establecidos para la zona de desastre y estado de emergencia económica y turística por erupción del volcán Puyehue, -R. (DGR Río Negro) 848/2011- a los anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos del 1 al 6 del período fiscal 2012. | RESOLUCIÓN (Dir. Gral. Rentas Río Negro) 92/2012 | BO (Río Negro): 16/02/2012 | | | Santiago del Estero. Ingresos brutos. Exención a la actividad primaria. Requisitos y formalidades operativas. Incumplimientos dentro del período fiscal. Rechazo de la solicitud Se establece que será rechazada y se procederá al archivo de la solicitud de exención del impuesto sobre los ingresos brutos para la actividad primaria, en caso de verificarse el incumplimiento de algún requisito formal o sustancial, dentro del período fiscal. | RESOLUCIÓN GENERAL (Dir. Gral. Rentas Santiago del Estero) 5/2012 | BO (Santiago del Estero): 24/02/2012 | | | |
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