jueves, 1 de marzo de 2012

Cuestiones Laborales Destacadas 01/03/2012

Legislación laboral

Recursos de la Seguridad Social. Conceptos no remunerativos incluidos en la retribución de trabajadores en relación de dependencia. Régimen de Información. Implementación. Vigencia

Se crea un régimen de información para que los empleadores informen, antes de liquidar los salarios a sus empleados, los conceptos que se encuadran como "No Remunerativos", como así también la normativa legal o convencional en la que se avalan y el importe total liquidado por tal concepto liquidado a los mismos.
En tal sentido, los empleadores deberán declarar los conceptos "no remunerativos" en el micrositio "Declaración Jurada Informativa de Conceptos no Remunerativos (DJNR)", disponible en la web de la AFIP.
La presente resolución general entrará en vigencia a partir del 1 de abril de 2012, inclusive, y será de aplicación respecto de las remuneraciones que se abonen a partir de dicha fecha.
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 3279
BO: 01/03/2012

Trabajo y Previsión Social. Educación técnica. Régimen de crédito fiscal. Aprobación del reglamento para el llamado a presentación y ejecución de proyectos para capacitación -año 2012-

Se aprueba el reglamento para el llamado a presentación y ejecución de proyectos destinados a capacitación -año 2012-, correspondiente al régimen de crédito fiscal -dispuesto en el marco de la L. 22317- para las micro, pequeñas y medianas empresas.
RESOLUCIÓN (Sec. Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional) 29/2012
BO: 01/03/2012

Estatutos, Convenios y Escalas. Farmacia. Empleados. Capital Federal y Gran Buenos Aires, CCT 414/2005. Tope indemnizatorio. Determinación | AMPLIAR NOVEDAD ›
Estatutos, Convenios y Escalas. Vidrio. Empleados, CCT 408/2005. Tope indemnizatorio. Determinación | AMPLIAR NOVEDAD ›
Estatutos, Convenios y Escalas. Papeleros. Depósito, conversión, rolleros y libritos para armado de cigarrillos, CCT 591/2010. Tope indemnizatorio. Determinación | AMPLIAR NOVEDAD ›
Estatutos, Convenios y Escalas. Estaciones de Servicio. Provincias de Río Negro y Neuquén, CCT 456/2006. Tope indemnizatorio. Determinación |
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Vencimientos
Principales vencimientos que operan en la semana del 05/03 al 09/03

lunes 05

Autónomos | Febrero/2012 | Term./CUIT: 0-1

martes 06

Autónomos | Febrero/2012 | Term./CUIT: 2-3

miércoles 07

Riesgos del Trabajo | Febrero-Marzo/2012 | Term./CUIT: 0-1
Asociaciones sindicales | Febrero/2012 | Term./CUIT: 0-1
Autónomos | Febrero/2012 | Term./CUIT: 4-5


jueves 08

Asociaciones sindicales | Febrero/2012 | Term./CUIT: 2-3
Riesgos del Trabajo | Febrero-Marzo/2012 | Term./CUIT: 2-3
Autónomos | Febrero/2012 | Term./CUIT: 6-7


viernes 09

Riesgos del Trabajo | Febrero-Marzo/2012 | Term./CUIT: 4-5
Asociaciones sindicales | Febrero/2012 | Term./CUIT: 4-5
Autónomos | Febrero/2012 | Term./CUIT: 8-9

Días del gremio
Lunes anterior al 10/3 | ALIMENTACIÓN. OBREROS Y EMPLEADOS (CCT 244/1994)
Lunes anterior al 10/3 | CARNE. OBREROS Y EMPLEADOS (CCT 56/1975)
Segundo miércoles de marzo | PASTELEROS. HELADEROS (CCT 273/1996)
10/3 | PESCA. PROCESAMIENTO Y ELABORACIÓN DE DERIVADOS (CCT 577/2010)
10/3 | ALIMENTACIÓN. REV., CLASIF. Y PROD. DE HUEVOS (CCT 612/2010 )
10/3 | ALIMENTACIÓN. AVÍCOLAS. PROCESAMIENTO DE AVES (CCT 618/2010 )
10/3 | ALIMENTACIÓN. INCUBACIÓN DE HUEVOS (CCT 613/2010 )
10/3 | ALIMENTACIÓN. CORREDORES, VENDEDORES, COBRADORES (CCT 434/2006)
10/3 | ALIMENTACIÓN. PROCESADORES FAUNA SILVESTRE (CCT 628/2011)
10/3 | FARMACIA. EMPLEADOS. SANTA FE (CCT 426/2005)
INQUIETUDES frecuentes

TRABAJADORES AUTÓNOMOS. MORA EN EL PAGO DE APORTES. SANCIONES


¿Qué sanciones son aplicables en el caso de mora en el pago de aportes?

Se aplicará el 5% del total de aportes adeudados, cuando no regularice su situación dentro del plazo indicado en la intimación de pago que le efectúe AFIP.
Otras novedades

AUTÓNOMOS. INCREMENTO A PARTIR DE DEVENGADO MARZO DE 2012

A partir del mes devengado marzo de 2012, se incrementará el aporte mensual de los trabajadores autónomos con destino a la Seguridad Social en un 17,62%, a raíz de la aplicación del índice de movilidad dispuesto por la ley 26417.
El mencionado incremento del 17,62%, es igual al porcentaje de aumento de los haberes jubilatorios.
Cabe mencionar que el esquema de movilidad jubilatoria dispone que los haberes previsionales se actualizarán cada 6 meses, y con ello, se ajustarán en la misma proporción la renta presunta de los autónomos, como así también el tope salarial de los aportes de los trabajadores en relación de dependencia.
Por el momento, la AFIP no dio publicidad de la normativa que establece el importe exacto de los aportes de los trabajadores autónomos, sin embargo, se procedió a calcular las nuevas rentas imponibles de cada categoría y los nuevos montos de los aportes mensuales de los trabajadores autónomos teniendo en cuenta el incremento mencionado.

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