lunes, 18 de noviembre de 2013

Fideicomisos. Nuevo requisito ante la AFIP.


Se deberá presentar electrónicamente la documentación respaldatoria de las operaciones registradas por los responsables de los fideicomisos financieros y no financieros.

De acuerdo con lo anunciado por el titular de la AFIP en el Foro de la Cámara Argentina de Fideicomisos y Fondos de Inversión Directa en Actividades Productivas (CAFIDAP) se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General Nº 3538.

Hasta el dictado de la nueva norma, diversos sujetos se encontraban obligados a registrar las operaciones que se detallan a continuación:
a) Constitución inicial de fideicomisos.

b) Ingresos y egresos de fiduciantes y/o beneficiarios, que se produzcan con posterioridad al inicio.
De tratarse de fideicomisos financieros, deberá detallarse el resultado de la suscripción o colocación..

c) Transferencias o cesiones gratuitas u onerosas de participaciones o derechos en fideicomisos.

d) Entregas de bienes efectuadas a fideicomisos, con posterioridad a su constitución..

e) Modificaciones al contrato inicial..

f) Asignación de beneficios.

g) Extinción de contratos de fideicomisos.
La mencionada resolución incorpora la presentación electrónica de la documentación respaldatoria de las operaciones registradas en formato ".pdf"

A tal fin, se especifica que los documentos a transferir se "escanearán" con la menor resolución que permita la legibilidad de los mismos (Resolución de 110 DPI (Dot Per Inch) en blanco y negro).

Adicionalmente, y con carácter de excepción, se deberá presentar electrónicamente el contrato de constitución inicial del fideicomiso informado y las modificaciones que se hubieran efectuado al mismo, de las operaciones registradas a partir del día 01 de enero de 2013.

Quedan exceptuados de lo dispuesto precedentemente los fideicomisos financieros que cuenten con la autorización de la Comisión Nacional de Valores para hacer oferta pública de los valores fiduciarios.

A los efectos de proceder a la registración y la presentación de la documentación digitalizada se deberá acceder al sitio web del organismo (www.afip.gov.ar), ingresando con Clave Fiscal al servicio "Registración de Fideicomisos del País y del Exterior".

Se establece el 28 de febrero de 2014 como fecha de vencimiento especial para la transmisión de la documentación digitalizada correspondiente a las operaciones registradas entre el día 1 de enero de 2013 y la fecha de entrada en vigencia de la Resolución General (AFIP) 3538.

Vigencia: A partir del 15/11/2013
 
Más información:
Res. Gral. AFIP 3538/13
Fuente: www.triviasp.com.ar

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