lunes, 22 de septiembre de 2014

Régimen de incentivo fiscal del Decreto PEN 379/2001


Deberán actualizar sus datos los sujetos beneficiados


Con el objeto de lograr una mejor administración de la información de las empresas beneficiarias del régimen de incentivo fiscal instaurado por el Decreto PEN 379/2001 para los fabricantes de los bienes comprendidos en el Anexo I de la Res. 8/2001 del ex Ministerio de Economía, se establece un procedimiento de actualización de los datos oportunamente declarados por aquellas.
Dicha actualización será condición necesaria para el otorgamiento del bono fiscal creado por el Decreto PEN 379/2001.
A tales fines, se ha desarrollado un aplicativo informático por el cual los beneficiarios deberán actualizar cada tres (3) meses, los datos referidos a la empresa, actividad que realiza y productos alcanzados por el citado régimen.
Aquellas empresas que al 30 de octubre de 2014 no hayan dado cumplimiento a las nuevas disposiciones comentadas muy sucintamente aquí, serán dadas de baja del Registro de empresas locales fabricantes de los bienes comprendidos en el Anexo I de Res. 8/2001 del ex Ministerio de Economía y del régimen del Decreto PEN 379/2001.
Más información:
Res. SI 138/14 Fuente:  www.triviasp.com.ar

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